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Veredicto en Zárate-Campana-Escobar con sabor agridulce

Escrito por el agosto 31, 2013


Riveros recibió su octava sentencia
(Foto: Sol Vazquez)

(Por La Retaguardia) El Tribunal Oral Federal Nº 5 de San Martín condenó a los tres acusados en el juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos contra 29 personas durante la última dictadura cívico militar. En este tramo de la Megacausa Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros recibió 25 años de prisión y además se le quitó el beneficio de la detención domiciliaria. Servando Ortega fue condenado a 9 años y Fernando Meneghini a 6. Para estos dos represores se habían pedido condenas de hasta 25 años, por lo que las penas fueron muy criticadas por víctimas y organismos de derechos humanos. Jorge Brioso, abogado querellante e integrante de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, reflexionó sobre los aspectos positivos y negativos de la sentencia.

El miércoles 28 de agosto, el tribunal, integrado por Alfredo Ruiz Paz, María Morgese Martín y Marcelo Díaz Cabral, condenó a Santiago Omar Riveros a 25 años de prisión por los delitos de allanamientos ilegales, robo, privación de la libertad de veintiocho personas y tormentos de veintisiete. Además, se resolvió quitarle el beneficio de la detención domiciliaria que desde hace años cumplía en su casa del barrio porteño de Belgrano. Ahora permanecerá detenido en la cárcel federal de Ezeiza. “Riveros es el máximo genocida de la zona, uno de los cerebros de todo el genocidio en la región porque fue el hombre de la dictadura en la Escuela de las Américas, o sea que no era alguien que recibía órdenes de Videla sino más bien el que le traía las órdenes a Videla, y vuelve ahora a estar en el lugar de donde nunca debió salir, que es una cárcel del Servicio Penitenciario Federal”, destacó el abogado querellante Jorge Brioso. En diálogo con Oral y Público, el letrado de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, explicó que en un juicio anterior realizado en 2009 por el secuestro y asesinato de Floreal “El Negrito” Avellaneda, Riveros fue condenado a cadena perpetua. En este marco, el Tribunal Oral N° 1 de San Martín, con la presidencia de la doctora Lucila Larrandart, había ordenado que la prisión se cumpliera en una cárcel común, pero fue la Cámara de Casación quien le otorgó la domiciliaria: “la Cámara tuvo una resolución intermedia sobre un planteo de las defensas a los 22 meses de ponerse en ejecución esa prisión efectiva y le otorgó la prisión domiciliaria a Riveros, y después estuvo otros dos largos años más para sentenciar sobre el fondo de los recursos presentados. Eso le deparó dos años más de prisión domiciliaria; para un hombre que tenía 88 años en ese momento, la prisión domiciliaria viene a ser como una última caricia de impunidad. Así que a nosotros nos parece que el tribunal ha restablecido la justicia al ordenar que esta octava condena a Riveros se haga efectiva en un penal del Servicio Penitenciario Federal. Me parece que es algo que no debemos dejar de subrayar porque para las víctimas si no hay sanción efectiva es como que todo es en vano. Luego la sentencia tiene sus aspectos críticos que serán debatidos seguramente en la instancia superior de Casación, pero por lo menos esto es un logro del reclamo permanente de las víctimas de que haya juicio y castigo, que no sea solamente la formalidad de reconocer el genocidio sino que también haya sanción efectiva”, afirmó Brioso. Los aspectos críticos de la sentencia a las que hace referencia el abogado tienen que ver con las condenas a 9 años para el ex jefe de la Prefectura Naval de Zárate Servando Ortega, que fue juzgado por primera vez; y 6 años para el ex comisario de Escobar Fernando Meneghini. Al respecto, Brioso señaló: “Meneghini ya tenía una sentencia anterior por Campo de Mayo también leve y ahora se le ha aplicado la mínima para los delitos probados, así que seguramente vamos a recurrir a Casación. El discurso de Meneghini fue siempre que el camión celular que la Comisaría de Escobar tenía en el fondo y donde el entonces oficial de calle Luis Patti hacía de las suyas, estaba afuera de la comisaría. Pero no es así, estaba en el fondo, parece que no se veía, pero ahora se probó que había un boquete que comunicaba, una puerta clandestina, pero todo esto no conmueve la evidente protección a la Policía Bonaerense en su acción subordinada pero muy protagónica. Acá de Miguel Etchecolatz para abajo han colaborado todos. Meneghini con su táctica de despegarse él personalmente del discurso de la dictadura, de no echar culpa a las víctimas y hacer esas zonceras que suelen hacer los genocidas, ha tenido nuevamente éxito. No solamente mostró arrepentimiento, sino que su abogado defensor en el alegato cometió la grave torpeza de hacer una descripción del marco de los hechos que apuntaba sencillamente a la famosa teoría de la culpa de la víctima. Una culpa de las víctimas que yo creo que ya nadie se atreve a sostener en estos tiempos y con este nivel de conocimiento de los hechos que describieron la historia del genocidio. Pero Meneghini, con una posición mucho más inteligente señaló que él había sido dado de baja durante la dictadura, que había sido repuesto en su cargo y en su estado policial en la democracia, bajo el gobierno de Alfonsín, que se había abrazado con la víctima, haciendo una interpretación muy subjetiva de un encuentro que tuvo con una compañera en los alrededores del tribunal, y claramente él dijo que no estaba en esto, cosa que su abogado no sostuvo. Con esa táctica y un discurso evidentemente improvisado por él mismo sin asistencia técnica, ha logrado el objetivo de separarse y conseguir clemencia”, explicó Brioso. El letrado está convencido de que a Meneghini le correspondía una pena mayor en base a los hechos objetivos demostrados a lo largo de las audiencias: “pienso que las imputaciones se basan en hechos objetivos, no hay ninguna duda de que por lo menos tres víctimas, de los casos juzgados en este juicio, fueron torturadas adentro de la comisaría de Escobar y no en el celular, y le corresponde una sanción mucho mayor, pero eso ya va a ser materia de Casación”, explicó en referencia a la apelación que se viene. En relación a cómo continuará el desarrollo de la Megacausa Campo de Mayo, Brioso explicó que sigue fraccionada “ad infinitum”: “no se va a poder cumplir el deseo presidencial de que todo se termine en dos años desgraciadamente, porque se sigue compartimentando los casos como si fueran aislados y no parte de un solo plan, entonces el dantesco relato de las vivencias de las víctimas en el Barco ARA Murature y en todos los centros clandestinos de detención del circuito por el que pasaron estas víctimas, siguen abriendo nuevas cuestiones como por ejemplo el carácter sistemático de las violaciones a compañeros y compañeras que se cometían en el ARA Murature, que ya es indisimulable el carácter sistemático; entonces lo que hace el tribunal con un criterio que yo no comparto es remitir las declaraciones a la instrucción, que eso depara tiempos procesales que a mí juicio son innecesarios porque los hechos están probados, en todo caso es más lógico ampliar la indagatoria y avanzar ya, porque así no terminamos más. Este es un problema objetivo que nos plantea la vida, la impunidad biológica es una forma más de impunidad, y en este juicio alcanzó la impunidad biológica nada menos que Sergio Buitrago el responsable del Apostadero Naval de Zárate, del ARA Murature, y de las desapariciones, algunas definitivas otras temporales pero muy traumáticas, de un montón de vecinos desde el intendente de Zárate hasta la delegada de maestranza del Puente Zárate-Brazo Largo. Nos parece a nosotros que es mucho más grave la impunidad que van logrando los genocidas que ya no están más en este mundo y que mueren en estado de inocencia que las dificultades procesales que representaría el hecho de reconocer que si antropología forense ya identificó un cadáver, no se juzgue el caso como privación ilegal de la libertad y se remita lo actuado a instrucción, sino que directamente se juzgue el homicidio… son cosas de sentido común, y en el apego a la formalidad se llega a bordes que violan el sentido común y por lo tanto desprestigian al aparato judicial frente a la sociedad”, concluyó el abogado de la LADH. La reflexión de Jorge Brioso después de la sentencia tiene un sabor agridulce. Siente la satisfacción de una etapa más cumplida, con el máximo represor responsable de la zona en la cárcel de Ezeiza, pero también la amarga sensación que el juzgamiento de esta Megacausa se estira más de lo debido.

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