Controvertido veredicto en Mar del Plata por La Cueva
Por LR oficial en Uncategorized
Aquí funcionó La Cueva (Foto Código Mar del Plata) |
(Por La Retaguardia) El 1 de octubre se conoció el veredicto contra trece imputados por crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar en centros clandestinos de detención de Mar del Plata y Necochea. Hubo cinco condenas a perpetua, pero también penas menores y hasta absoluciones para los acusados. Sobre detalles de esta sentencia hablamos con la abogada Victoria Vuoto, que formó parte de la querella unificada de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).
Para la doctora Vuoto, el fallo dado a conocer por el Tribunal Oral tiene dos lecturas. Por un lado, las perpetuas en cárcel común para los represores Alfredo Manuel Arrillaga, Leandro Edgar Marquiegui, Jorge Luis Toccalino, Ernesto Alejandro Agustoni y José Carmen Beccio; los máximos responsables de la sub zona 15 y de la base aérea de Mar del Plata donde funcionó el centro clandestino de detención La Cueva.
En tanto, Fortunato Valentín Rezett recibió 25 años de prisión, que fue el máximo que pudo pedir la querella, ya que los delitos por los que llegó a juicio no permitían pedir perpetua, sino que el máximo admisible por el código eran 25 años.
Vale decir que durante los quince meses que duró el juicio, un imputado murió (Gregorio Rafael Molina falleció el 11 de julio pasado en el Hospital Militar de Buenos Aires, aunque ya había sido condenado a prisión perpetua en 2010), y otros sufrieron ACV y problemas de discernimiento por lo se les había suspendido el proceso.
Por otro lado, lo que deja un sabor amargo de la sentencia es lo relacionado con la participación de civiles y efectivos de la policía de la provincia de Buenos Aires. Hubo absoluciones para el comisario Aldo José Sagasti y el oficial de servicios Marcelino Blaustein, ambos de la de la comisaría cuarta; además de una considerable reducción de las penas pedidas por la querella: “totalmente desajustada de lo que fue la realidad del debate oral y público fue la reducción de las penas a Néstor Orosco, comisario a cargo de la seccional cuarta, que desde la querella de la APDH y del Ministerio Público Fiscal habíamos pedido 22 años y se le dieron 12; para Héctor Francisco Bicarelli que era el responsable de la subcomisaría Díaz Vélez en Necochea habíamos solicitado 15 años y le dieron 7 años, y los otros imputados para los que habíamos solicitado 10 años, Héctor Carlos Cerutti y Mario Jorge Larrea recibieron 5 años. Además, tenemos un imputado civil que era integrante de la CNU (Concentración Nacional Universitaria) que una vez consumado el golpe de Estado el 24 de marzo pasó a ser personal asimilado del Ejército en el área de Inteligencia, como todos los integrantes de CNU Mar del Plata, que estaba imputado por tres privaciones de la libertad y dos homicidios y nosotros habíamos pedido la pena de reclusión perpetua y se le dio solo cinco años, que es Nicolás Miguel Caffarello”, explicó Vuoto en declaraciones al programa Oral Y Público.
La abogada adelantó que habrá apelación ante la Cámara de Casación para revertir tantos las absoluciones como las penas que calificó como “irrisorias” y que no se ajustan a lo que fue debate oral del juicio, ni a la prueba documental presentada. A modo de ejemplo, Vuoto citó el caso de Marcelino Blaustein: “fue un oficial de servicio que tenía a su cargo en la comisaría cuarta que funcionó como Centro Clandestino en Mar del Plata, es decir que había secuestrados, torturados, mujeres violadas, mujeres víctimas que tenían en sus panzas de embarazadas las marcas de las torturas, todas esas celdas eran abiertas por el comisario de la delegación que era Orosco, y la otra llave que había en la comisaría la tenía el oficial de servicio que era Blaustein en sus manos. Su función central dentro de la seccional policial era la custodia de los calabozos donde estaban los secuestrados, tenía el poder de policía sobre esos secuestrados que eran sacados de noche por la propia policía y llevados al centro clandestino de detención conocido como La Cueva, que funcionó en la Base Aérea, donde eran sometidos a sesiones de interrogatorio bajo picana eléctrica. En la causa se fueron acreditando un montón de situaciones que lo ponían a Blaustein en un rol central. La absolución todavía no la podemos entender, hasta que no lleguen los fundamentos el 26 de noviembre no vamos a poder saber cómo fue que la construyeron; pero por el transcurso del debate intuimos que han construido de Blaustein un oficial de la policía de la provincia de Buenos Aires bueno, que ha colaborado con el bienestar de los secuestrados, porque aparece por ejemplo curando las heridas de los secuestrados, permitiendo a los familiares ingresar medicamentos para personas que estaban secuestradas y tenían sus piernas gangrenadas; pero aparece haciendo eso en otro marco, aparece cobrándoles coimas a los familiares para ingresar los medicamentos, sacándoles información a los secuestrados. Blaustein fue parte del aparato represivo jugando un rol que era el de ser bueno y se valía como tal de las torturas que infligían en el centro clandestino de detención La Cueva, era él que se encargaba de no darle agua a los detenidos para que no se mueran porque los necesitaba vivos para sacarles información y era él que se acercaba a convencer a los prisioneros de que declararan, dieran nombres, direcciones y demás”.
Los jueces Alfredo Ruiz Paz, Lidia Soto y Elvio Osores Soler que integraron el Tribunal Oral de este juicio son de San Martín, ya que los magistrados de Mar del Plata fueron recusados: “entonces van sorteando jueces de otros lugares del país – explicó Vuoto –. En este caso nos tocó este tribunal de San Martín que es la primera vez que entiende en un juicio de delitos de lesa humanidad con todo lo que eso implicó para nosotros también por no tener conocimiento de cómo podían llegar a fallar. Realmente nos sorprendió muchísimo la actitud que tomaron para con los civiles y la policía en contraposición a toda la prueba que se fue produciendo en el debate”.
En relación a los jueces del Tribunal Oral de Mar del Plata, Roberto Falcone, Mario Portela y Néstor Parra, Vuoto señaló que fueron recusados por haber instruido el Juicio por la Verdad de Mar del Plata: “han sido recusados y apartados de todas las causas penales del departamento judicial porque las defensas entienden que tienen un posicionamiento previo sólo por haber instruido, cuando en realidad ellos tienen un deber que les ordenó la Corte Interamericana de Derechos Humanos en función de garantizarle a los familiares y a las víctimas el derecho a conocer la verdad de lo que había sucedido con sus familiares, amigos y compañeros de militancia. Fueron recusados, y ellos han entendido en otros juicios como por ejemplo la Unidad 9 de La Plata, o sea pueden entender en juicio por lesa humanidad pero no en el departamento judicial de Mar del Plata por haber investigado durante la vigencia de las leyes de impunidad qué fue lo que efectivamente sucedió en la ciudad en relación al Terrorismo de Estado”, finalizó la abogada.
En Mar del Plata continúa llevándose adelante otra causa conocida como Base Naval II.