La 11º de la Megacausa Campo de Mayo con absueltos y quejas
Por LR oficial en Uncategorized
(Por La Retaguardia) El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martin condenó a prisión perpetua a Santiago Omar Riveros; a 23 años a Reynaldo Benito Bignone; 17 años a Luis Sadi Pepa; 16 a Eugenio Guañabens Perelló y 9 a Juan Demetrio Luna y Juan Carlos Gerardi; por los delitos de lesa humanidad cometidos contra 60 víctimas. En tanto, fueron absueltos Roberto Julio Rossin, Alejandro Puertas y Héctor Omar Maldonado. Dialogamos con Pedro Dinani, abogado querellante por la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, acerca de los alcances del veredicto de este proceso que trató puntualmente de la persecución, desaparición y asesinatos de los obreros de las comisiones internas de los astilleros Astarsa, Mestrina, y de las cerámicas de Lozadur y Cattáneo de Villa Adelina. La próxima estación de esta megacausa será contra directivos de Ford y Mercedes Benz.
La principal crítica que desde las querellas le realizaron a tribunal, integrado por los jueces Hector Omar Sagretti, Marta Isabel Milloc y Diego Gustavo Barroetaveña, estuvo dirigida a las tres absoluciones dictadas: “esa es la queja de la que participamos todos –aseveró el abogado Pedro Dinani–. Las absoluciones fueron en relación a lo que nosotros calificamos como el grupo de tareas de la Prefectura, que fue el grupo que secuestró a (Martín) Mastinú, integrante de la comisión interna de Astilleros Astarsa, que era el que amalgamaba a todos los obreros de la comisión. Para producir su secuestro, previamente secuestran a su hermana, que hasta que no les da la información debida de dónde se encontraba Mastinú no la sueltan. Él está irremediablemente desaparecido y este grupo fue absuelto a partir de unos fundamentos, si se quiere formales, que planteó la defensa y que fueron rebatidos por las querellas y hasta por la propia fiscalía. Una situación compleja porque obviamente los familiares de Mastinú y los compañeros en general que están motorizando las causas de Campo de Mayo lo tomaron con sorpresa y con desagrado”.
Respecto a los fundamentos formales dados por la defensa, Dinani explicó: “lo que se dice es que las pruebas han sido erróneamente colectadas, esto quiere decir que al grupo de tareas se les tomó primero una declaración testimonial en 1984, es decir que fueron como testigos al proceso, esas testimoniales se toman bajo juramento de decir la verdad. Esas testimoniales con posterioridad fueron cambiando su condición de testigo a imputado y se utilizaron para armar una imputación. Esa pareciera ser la doctrina formal que utilizan de que nadie puede ser obligado a declarar en su contra, y estas personas fueron obligadas a declarar en su contra. Esa es la doctrina que presumimos que el tribunal de San Martín adoptó para otorgar la absolución. A lo que el propio abogado de la Secretaría (de Derechos Humanos de la Nación), el doctor (Ciro) Annicchiarico, conocido penalista y gran militante, rebatió esa argumentación diciendo que las indagatorias se las tomaron bajo el amparo de todos sus derechos constitucionales, en período democrático, fueron recibidas con posterioridad al 2006 por un juez natural, y se les previno que tenían que tener designado un defensor con todas las garantías de la ley y que ahí sí se les previno el hecho; eso para nosotros subsanaba el vicio que tenía esa situación procesal de la que venían gozando los imputados, pero ahora a la luz de la sentencia con el resultado puesto entendemos que al tribunal lo convenció más el planteo de la defensa que nuestras alegaciones”.
Libres y sin más causas
Hasta el momento, los tres represores absueltos no están imputados por otros casos: “de la inmensa cantidad de gente que desapareció en la zona norte y que pasó por los centros clandestinos de Campo de Mayo, nosotros tenemos contadas alrededor de 5.000 personas, de los cuales están judicializados no más de 700 casos. Por lo tanto, la información que tenemos hasta hoy es que este grupo de tareas de la Prefectura solamente está imputado por el caso Mastinú. Entonces presumiblemente para lo que es el universo estrictamente judicial, que no es todo el universo, ellos tienen un solo hecho por el que van a responder que es el de Mastinú, hasta ahora no se le ha comprobado otro hecho. Presumiblemente esto les otorgue la libertad”, agregó Dinani en diálogo con Oral y Público.
En relación a las sentencias condenatorias, el abogado de la LADH afirmó: “ya casi no importa el tema de los años por los que puedan condenarlos porque son personas imputadas que vienen siendo condenados en el juicio por Campo de Mayo a cadena perpetua, podrá cambiar en alguna medida los años pero las personas esas no recuperan más su libertad. Por eso el monto de la pena en esto no es decisorio para establecer alguna situación. Porque Riveros ya tiene cadena perpetua, lo mismo Bignone, lo mismo Guañabens Perelló y Pepa”.
Los enlaces entre la ESMA y Campo de Mayo
“El grado de complejidad que tiene Campo de Mayo es inmenso, ya vemos que solamente un poquito más del 10% de los compañeros desaparecidos está siendo tenido en cuenta”, reflexionó Víctor Basterra, sobreviviente de la ESMA, acerca de la sentencia en el 11º juicio por la megacausa de Campo de Mayo.
“De Campo de Mayo hubo muy pocos testigos, sobrevivientes, por lo tanto para las pruebas y la exactitud de muchas situaciones no hay mucha gente que haya estado, que se haya prestado a ser testigo por ser sobreviviente como ha pasado por ejemplo en la ESMA –continuó–. Eso complejiza más el panorama. Por eso todas estas situaciones. Están hablando de Prefectura y Prefectura tuvo mucho que ver justamente en la metodología de Campo de Mayo, estaban ahí, tenían ahí a Tigre, Villa Ballester, todos los lugares eso los manejaba mucho Prefectura. Yo recuerdo cómo desde la ESMA tenían enlaces que iban a Campo de Mayo, muchos de ellos eran de Prefectura como en el caso de Juan Antonio Azic, que iba mucho a Campo de Mayo. Hubo compañeros en el año ’80 que fueron llevados a Campo de Mayo desde la ESMA y regresados de nuevo y después hechos desaparecer. Recuerdo que me contó una compañera, a la que le decían María, que la habían llevado a Campo de Mayo, así que había una relación muy fluida entre gente de la Armada y Prefectura”.
Como el cangrejo
En el marco del programa radial Oral y Público, también opinó Carlos Lordkipanidse, sobreviviente de la ESMA e integrante de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos. Calificó el veredicto como vergonzoso y agregó: “en las épocas difíciles decíamos que nosotros íbamos a llegar al hueso de esto, vamos a cortar y llegar hasta el hueso. Acá cuando estamos en el hueso de la cosa se decide no cortar más. Acá son las responsabilidades civiles, los gerentes de las grandes empresas que mandaban enteras a las comisiones internas a los centros clandestinos de detención. Lo que han hecho es un papelón pero a mí no me extraña en función de lo que significa la política general que estamos viendo respecto de la temática de la lucha contra la impunidad o los derechos humanos, en el sentido de tenerlo a (César) Milani como comandante en jefe del Ejército, de tener a la ESMA como un local partidario donde se hacen actos proselitistas y así sucesivamente. No necesariamente ligado a esto pero también de pronto lo largan a (Domingo) Cavallo (fue absuelto hace pocos días en el juicio por el megacanje), libre de culpa y cargo, al tipo que provocó no las muertes que provocó la dictadura, sino la miseria, el hambre, y la explotación de nuestro pueblo durante años, entonces ver que hoy estamos transitando para atrás el camino que tanto nos costó conseguir realmente es muy penoso”.
“El Estado cometió los delitos y borró las pruebas”
Por su parte, Pedro Dinani señaló: “cuando nosotros analizamos las figuras delictivas siempre decimos que el que comete un delito trata de borrar las huellas totales de ese delito, que no es lo mismo que cuando uno compra una casa en donde trata de certificar y registrar cuándo compró y demás, pero el que comete un delito trata de borrar las huellas, y si ese delito es cometido desde las fuerzas del Estado, todo el aparato del Estado no solamente cometió el delito sino que borró todas las pruebas, por eso es que tenemos este desfasaje entre la realidad y lo jurídico. La realidad es que han pasado por la ESMA más de 5.000 compañeros y tenemos judicializados 1.000. Lo mismo pasa en Campo de Mayo. O sea que el universo jurídico en el que nos estamos moviendo es muy pequeño, y la realidad excede muchísimo más a la investigación judicial. Esa es la esencia que tenemos y no hay que perder de vista que Bignone antes de entregar el mandato al doctor Raúl Alfonsín, dictó el decreto de incineración de todos los documentos que reflejaron lo que ellos llamaban la lucha contra la subversión. Ese es el contexto probatorio en el que estamos en cada uno de estos juicios, por eso ante una cuestión formal como son los motivos que abona la absolución de este grupo de tareas de Prefectura molesta, duele y nos hace repensar. Pero también tiro otro razonamiento, por ahí hay cierto grado de jueces que pueden utilizar casos como este como para legitimar una posición de imparcialidad; así como hay condenas, hay absoluciones. Ese es también un fundamento que suelen utilizar los jueces como para mantener esa ficción de imparcialidad”.
El próximo tramo será sobre ruedas
Sobre la continuidad de los juicios por delitos de lesa humanidad, Pedro Dinani afirmó que la Liga Argentina por los Derechos del Hombre ha pedido marchar ahora sobre el poder económico y político que justificó y estuvo en la cocina del golpe de Estado: “también queremos que se avance conjuntamente con el grupo económico con todos los responsables del genocidio. Calificamos al hecho como un genocidio, por lo tanto los grupos de tareas que operaron en toda la zona norte tienen que estar también judicializados. Ahora, no es lo mismo la responsabilidad por supuesto de quien era un marino de Prefectura por más sádico que sea que Riveros que era el que diseñaba el plan de cómo proceder. Esa es siempre la calificación que hacemos, pero objetivamente puestos ante el hecho de decir que era un grupo de tareas que participó en el secuestro de una persona que ha desaparecido, eso agrava totalmente las consideraciones que se puedan hacer”.
En cuanto a cómo sigue la Megacausa Campo de Mayo, el abogado explicó que el próximo tramo involucrará a las automotrices Ford y Mercedes Benz, es decir se avanzará en la complicidad empresarial: “un tramo ya está elevado a juicio oral, estamos buscando fecha para que podamos reunir a todas las personas del tribunal y siempre hay algún problema con completar el tribunal; por ejemplo el cuarto juez cuando es un proceso muy largo, eso se nota mucho en el tema de la ESMA donde hay cuatro jueces porque se sabía que el juicio iba a durar tanto, entonces si a un juez del tribunal le pasa algo está el cuarto para reemplazarlo”.
En relación a los acusados de este nuevo tramo, Dinani especificó: “hay una parte que sería el directorio de la Ford que estaba en esa época y que entregó la lista de los compañeros de la comisión interna, y después también la comisaría de Tigre, el que era responsable, y después el elenco estable de imputados como Riveros, es decir los jefes de área”.
El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 1 de San Martin dará a conocer los fundamentos de la sentencia del 11º tramo de la Megacausa el 5 de noviembre, a las 12. Mientras tanto, querellantes, sobrevivientes y familiares continúan preparando la realización de los próximos juicios de Campo de Mayo con la expectativa de que se incluyan también a los responsables económicos de los delitos de lesa humanidad que se cometieron durante la última dictadura cívico militar.