“Todos son responsables de la Masacre de Wilde”
Por LR oficial en Derechos Humanos, Masacre de Wilde
En un alegato pormenorizado de cerca de cuatro horas, el abogado querellante Ciro Annicchiarico sostuvo que en la Masacre de Wilde debe aplicarse la condena a prisión perpetua de los siete policías que llegaron en libertad al juicio oral.
Por Colectivo de Medios Populares*
Redacción: Carlos Rodríguez (La Retaguardia)
“Es tan evidente la mecánica de los hechos, la materialidad ilícita, el dolo de homicidio y la autoría, que entenderlo de otro modo sería cerrar los ojos a la verdad, no hacer justicia». De ese modo argumentó su pedido para que se aplique la pena máxima a los acusados.
Del mismo modo que la fiscal Viviana Simón, quien alegó en la jornada anterior, Annicchiarico pidió a los jueces del Tribunal Oral 3 de Lomas de Zamora, que luego del veredicto condenatorio ordenen “la inmediata detención” de todos los imputados.
Por otro lado, una vez finalizado el juicio, solicitó que se envíen las constancias del proceso para iniciar “una investigación por los delitos de encubrimiento, incumplimiento de los deberes de funcionario público y adulteración de documento público” contra los policías de la Brigada de Investigaciones de Lanús que ocultaron datos de importancia en el informe inicial del caso elevado a la primera jueza a cargo de la instrucción, Silvia González.
Entre el cúmulo de irregularidades que reúne esta causa que lleva casi 29 años, fueron señaladas las relacionadas con “la absurda y consentida fuga” del imputado Marcos Ariel Rodríguez, de la sede de la Brigada de Investigaciones de Lanús, en la noche del 10 de enero de 1994, horas después de la masacre.
A eso se sumó “su situación de prófugo durante 20 años, sin que se procurara su detención, que fue posible por la intervención de mi representada, Raquel Gazzanego, que lo ubicó en Córdoba” porque figuraba en el padrón electoral, con su nombre y su documento verdaderos. El querellante sostuvo que en este punto fue reprochable la actuación de una parte del Poder Judicial y de las autoridades políticas de entonces.
Otro de los argumentos señalados por el querellante respecto del encubrimiento, fue el acta policial del día del hecho, sobre los autos que intervinieron en el supuesto “enfrentamiento”, que en realidad fue una “ejecución sumaria” de cuatro personas y el intento de homicidio de una quinta. “Los policías que confeccionaron el acta sólo citaron los autos de las víctimas, sin hacer mención a ninguno de los cinco autos no identificables en los que se movilizaron los policías”. El dato se consiguió después y así se pudo identificar a los doce policías que participaron del operativo. Además, los autos fueron vendidos por la policía, desoyendo una orden en contrario de las autoridades judiciales.
En su alegato, en coincidencia con la fiscal del juicio, el abogado querellante señaló que no existió «ningún enfrentamiento» como intentan todavía alegar los defensores de los siete policías que llegaron a esta instancia. Annicchiarico definió lo ocurrido como “una encerrona sorpresiva» que tuvo como objetivo “matar a las víctimas”, y eso se materializó en “una cuádruple ejecución extra judicial, más una tentativa de homicidio” de uno de sus defendidos, el vendedor de libros Claudio Díaz, el único sobreviviente de la Masacre de Wilde ocurrida cerca de las 15 horas del 10 de enero de 1994. Annicchiarico también representa a Raquel Gazzanego, viuda de Edgardo Cicutín, quien iba junto con Claudio Díaz en el Dodge 1500, uno de los autos acribillados a balazos por lo que definió como “una patota policial”.
El abogado pidió a los jueces que le otorguen “especial importancia” al testimonio de Díaz, como víctima y testigo de los hechos. El querellante sostuvo que lo ocurrido fue planificado por los policías de la Brigada de Investigaciones de Lanús, quienes habrían convocado a una parte de las víctimas, los pasajeros del Peugeot 505, Héctor Enrique Bielsa y Gustavo Mendoza, “a un encuentro para arreglar algo” con integrantes de esa dependencia policial. Ese auto era conducido por el remisero Norberto Corbo, ajeno a la “convocatoria” que los llevó a la trampa mortal en Wilde. A tal convocatoria, también concurrieron Andrés Quintana y Gustavo Leguizamón, en el auto de otro remisero, Guillermo Correa, ajeno al propósito de la convocatoria, igual que Corbo. Estos iban en un Dodge 1500 similar al ocupado por Díaz y Cicutín.
Desde el comienzo de la causa, las fuentes policiales sostuvieron que el asesinato de Cicutín y el intento de homicidio de Díaz fue “un lamentable error”. Annicchiárico rechazó la “excusa” citando abundante argumentación contraria. Eso se puede resumir diciendo que “si van a asesinar a ‘A’ y por alguna razón en lugar de asesinar a ‘A’, asesinan a ‘B’, de todos modos es un homicidio y el homicidio es penado por la ley”.
Annicchiarico refutó la versión de las defensas, en el sentido de que el operativo policial, con autos “no identificables” y doce efectivos de civil, se hizo para “interceptar a sospechosos de algún delito”. De haber sido cierto ese argumento “la obligación policial era hacerlo conforme a las reglas que gobiernan la buena actuación de prevención policial y que emergen de la ley procesal penal”.
La actuación legal incluye darse a conocer como policías, hacer sonar las sirenas de los vehículos “no identicables”, detener a los supuestos sospechosos y ponerlos a disposición de la Justicia.
Por el contrario, “nada se hizo en esos términos legales”, sino que fue “un plan criminal organizado para matar, por eso todos los móviles policiales, que partieron de la Brigada de Investigaciones de Lanús en distintos momentos con diferencia de algunos minutos cada uno, sabían dónde tenían que ir y sabían que el objetivo era una ejecución” de personas que, en algunos casos, como Bielsa y Mendoza, eran conocidos por los policías.
Por eso Annicchiarico solicitó a los jueces que condenen a perpetua a todos los imputados, más allá de que en algunos casos no se pueda establecer quién mató a quién. “Todos dispararon sus armas, todos participaron del plan criminal y todos son responsables de la Masacre de Wilde”.
Por eso insistió, como lo hizo antes la fiscal del juicio, con que debe ordenarse después del fallo “la inmediata detención de todos los imputados” ante la «índole y trascendencia de los delitos cometidos» y el riesgo posible de entorpecimiento de la investigación por los cargos que ocupaban los acusados, como lo han hecho a lo largo del extenso proceso judicial.
Además del pedido de condena y de la investigación del posible encubrimiento policial, el abogado querellante solicitó al tribunal que se investigue el posible “falso testimonio” de Mario Hernán García, un vecino de Wilde que había prestado declaración testimonial en la instrucción. En la audiencia, dijo desconocer la firma que estaba debajo del acta que contiene su testimonio. Entre otras cosas, había dicho que en la terraza de su casa había encontrado algunos casquillos de las balas disparadas ese 10 de enero de 1994 por los policías de la Brigada de Investigaciones de Lanús.
De los doce policías que dispararon, llegaron al juicio los comisarios Roberto Mantel y Eduardo Gómez, los oficiales Osvaldo Lorenzón, Julio Gatto y Marcelo Valenga, el subteniente Pablo Dudek y el cabo Marcos Ariel Rodríguez. Por otro lado, aunque no estuvo presente y no fue mencionado por los jueces en el debate, todavía sigue imputado el subteniente Marciano González, quien sufrió un ACV y no está en condiciones de concurrir al juicio. Ya fallecieron los policías imputados Hugo Reyes, César Córdoba y Carlos Saladino. El número doce es Roque Cintino, quien estuvo en el operativo y fue sobreseído porque se comprobó que el arma que llevaba “sobre la falda” mientras conducía uno de los autos “no identificables”, le fue arrebatada por el cabo Marcos Ariel Rodríguez. Este, además de su misteriosa fuga, suma otra irregularidad: cuando disparó contra las víctimas, uno de ellos Edgardo Cicutín, estaba inhabilitado para el uso del arma reglamentaria, porque se encontraba en situación de “disponibilidad preventiva” en el marco de un sumario administrativo en su contra.
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