CONDENARON POR NARCOS A 19 POLICÍAS Y 6 CIVILES, PERO AL CASO LE FALTA UN FISCAL
Por LR oficial en Nacionales, Narcopolicías, Policías a juicio - publicado el 18 agosto 2026
19 policías y 6 civiles, dos de ellos abogados, fueron condenados a penas de 2 a 17 años de cárcel por integrar una banda dedicada a realizar falsos operativos contra el narcotráfico. La banda se quedaba con la droga incautada y la vendía en beneficio propio. En el juicio oral, los fiscales sostuvieron que el destituido fiscal de San Isidro Claudio Scapolan “participó de forma consciente, activa y sostenida en la ejecución de las maniobras criminales” de la organización. Ahora falta que lo juzguen.
Redacción: Carlos Rodríguez
La causa comenzó a investigarse hace diez años y Scapolan fue acusado de ser el jefe de la asociación ilícita. Sin embargo, un cuestionado fallo de la Sala 1 de la Cámara Federal de San Martín lo desprocesó por “falta de mérito”. En el juicio, la Fiscalía expuso argumentos contundentes que ponen al exfiscal en el banquillo de los imputados en un segundo juicio oral por la misma causa.
El exfiscal no estuvo entre los imputados en el juicio a cargo del Tribunal Oral Federal 1 de San Martín. Sin embargo, a lo largo del debate, que se extendió por dos años, la responsabilidad de Scapolan como jefe de la banda fue señalada expresamente por los fiscales.
Los argumentos del fallo se conocerán recién el 7 de octubre próximo y todo indica que se ordenará que continúe la investigación, con Scapolan en la mira. En la etapa de instrucción fueron investigados más de 40 sospechosos, entre funcionarios judiciales, policías y abogados del fuero penal.
Uno de los condenados a 17 años de cárcel fue el teniente de la Policía Bonaerense Adrián Gonzalo Baeta, conocido como “Palermo”. El policía era amigo personal del contador Diego Xavier Guastini, cerebro financiero de las grandes bandas narco que actuaban en Argentina. Guastini fue asesinado en Quilmes, en 2019, y Baeta fue el primero que llegó a la escena del crimen. Se presume que Baeta fue quien ideó el modus operandi de la banda.
Antes de escuchar la sentencia condenatoria, Baeta —detenido desde hace años en el penal de Marcos Paz— señaló ante los jueces: “Quiero decir la frase de un filósofo que escuché alguna vez: ‘la única verdad es la realidad’”. La frase es un clásico de la política argentina y fue citada por primera vez, en 1948, por Juan Domingo Perón. Se la atribuye al filósofo griego Aristóteles, aunque hay controversia respecto del origen.
Por el caso denominado “Leones Blancos” fueron condenadas 13 personas, 10 de las cuales eran policías de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas Quilmes, donde se labraron las falsas actuaciones. Las penas más altas, de 17 años, recayeron en el titular de la repartición, Marcelo Roberto Di Rosa; su jefe de Operaciones, el subcomisario Juan José Magraner; y en el mencionado teniente Adrián Gonzalo Baeta. Fueron considerados coautores de los delitos de uso de documento público falso, falsedad ideológica de documento público, peculado y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Por los mismos delitos el teniente primero José María Delgado recibió 11 años de prisión.
Por otra parte, el oficial principal y el subcomisario de la misma delegación Quilmes, Juan Alberto Elizalde y Marcelo Carlos Blanco, fueron condenados a 14 años y seis meses de cárcel, multa e inhabilitación especial para ejercer cargos o empleos públicos por 10 años.
El subcomisario Héctor Hugo Alberto Correa recibió 11 años de prisión. También fue condenada a 11 años la sargenta Tamara Silvina Machuca.
El subteniente Adrián Osvaldo Dos Santos recibió 3 años de prisión en suspenso e inhabilitación especial por 7 años como autor del delito de falso testimonio agravado, mientras que la agente Johana Belén Medina fue condenada a 2 años y 6 meses de prisión en suspenso e inhabilitación especial por 6 años como autora del delito de uso de documento público falso.
Los civiles condenados son Cristian Esteban Seu, Luis Víctor Tourn y Carlos Daniel Maidana, quien al momento de los hechos era expolicía. Ellos recibieron 12, 9 y 8 años de prisión, respectivamente. Seu fue condenado como coautor de los delitos de falsedad ideológica de documento público y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. Tourn y Maidana como coautores del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Por los hechos vinculados a los casos «Bustamante», «Acosta», «Basaldúa» y «Santellán» fueron condenadas las restantes 12 personas llevadas a juicio, la mayoría exfuncionarios policiales de la Delegación Departamental de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de San Isidro.
El comisario a cargo de esa repartición, Roberto Adrián Okurzaty, recibió 17 años de prisión e inhabilitación especial por 10 años. El sargento Santiago Ignacio Cabré fue condenado a 14 años de prisión e inhabilitación especial por 10 años. El teniente Mario Alberto de Armas recibió 12 años de prisión e inhabilitación especial perpetua; el oficial principal Gabriel Cabral recibió 8 años de prisión e inhabilitación especial perpetua; la subcomisaria de la Subdelegación de Drogas Ilícitas de San Miguel, Juana Medina, fue condenada a 9 años de prisión e inhabilitación especial por 10 años; el oficial ayudante de la Delegación Departamental de Investigaciones de Tráfico de Drogas Ilícitas y Crimen Organizado de Lomas de Zamora, Jesús Tabares, recibió 8 años y 6 meses de prisión.
Dos de los condenados civiles fueron los abogados Francisco José García Maañón y Matías José Pedersoli. Recibieron penas a 3 años y a 2 años y seis meses de prisión en suspenso, sin aplicación efectiva. En los dos casos, se les dictó la inhabilitación especial para ejercer la abogacía durante 4 años. Los cargos fueron por extorsión y cohecho, como integrantes de la asociación ilícita.
El otro condenado civil es José Ángel Molina, quien recibió una condena a 2 años de prisión en suspenso como coautor del delito de cohecho activo.
Finalmente hubo seis absoluciones: Amílcar Esteban Pino, Claudio Javier Burgos, Carlos Ramón Ramírez, Agustín Rodrigo Machuca Lannoo, Carlos Javier Ochoa y Jonathan Gabriel Chauvin.
El fallo fue dictado por el Tribunal Oral Federal 1 de San Martín, presidido por la jueza Silvina Mayorga e integrado por los jueces Héctor Sagretti y Daniel Gutiérrez. Copias de la sentencia fueron enviadas a la Justicia Federal, con el objetivo de profundizar la investigación, en atención a las pruebas reunidas durante el debate.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) fue parte de la querella en el comienzo de la causa, pero con posterioridad fue “separada arbitrariamente” del proceso “por decisión parcial de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal con el voto de Mariano Borinsky y Javier Carbajo y el voto en contra de Gustavo Hornos”, recordó el organismo de derechos humanos en un comunicado.
Diez años de investigación
La causa comenzó el 14 de junio de 2016, a partir de la denuncia presentada por un policía “arrepentido” ante el fiscal federal de San Isidro Federico Domínguez. El caso estuvo a cargo de la jueza federal Sandra Arroyo Salgado, quien luego fue apartada del caso, decisión que la magistrada consideró “arbitraria”.
Arroyo Salgado había puesto en la mira a Scapolan, a quien citó varias veces a indagatoria, pero el fiscal nunca concurrió, motivo por el cual fue suspendido en el cargo. Tiempo después un jury de enjuiciamiento lo destituyó por los mismos cargos que no fueron tenidos en cuenta para incorporarlo como imputado en el juicio oral que concluyó ahora.
La causa llegó al juicio oral, con el ojo acusatorio sobre “una organización destinada, en apariencia, a garantizar una eficiente prestación del servicio de justicia y de prevención y persecución de delitos, cuando, en verdad, se trató de una empresa criminal estratégicamente montada”.
La Fiscalía del juicio, sobre la base de la instrucción, sostuvo que “estos grupos (más allá del que fue juzgado y condenado) continúan operativos” en la actualidad “lo que otorga al presente juicio una relevancia especial. No se trata sólo de asegurar que los imputados reciban la sanción que corresponde, sino de reparar el profundo daño que estos hechos de corrupción y narcotráfico producen en el entramado social”.
También consideró válido el testimonio prestado en 2016 por un “policía colaborador”, quien confesó que había participado en un caso ocurrido en diciembre de 2013 denominado “Leones Blancos”.
Ese operativo fue elogiado y presentado en conferencia de prensa por el ex gobernador bonaerense Daniel Scioli, hoy secretario de Turismo y Ambiente de la Nación.
La Policía Bonaerense blanqueó el hallazgo de 600 kilos de cocaína, pero los datos aportados por el policía arrepentido revelaron que la organización encabezada por Scapolan se había quedado con media tonelada de la droga secuestrada. La banda revendía la cocaína en beneficio propio.
El operativo se había realizado el 29 de diciembre de 2013 en una quinta de la localidad de La Reja, en el partido de Moreno. La quinta era propiedad del Clan Loza y debía su nombre a la existencia en el predio de grandes estatuas de leones blancos.
El clan era encabezado por Erwin Loza, alías “El Nene”, y durante 20 años se dedicó a traficar cocaína con destino a España y otros países de Europa. La organización compró cerca de 200 propiedades, hoteles, estancias y autos de lujo para blanquear el dinero ilícito.
La organización comenzó a caer a partir de 2018 y en diciembre de 2021, diez de sus integrantes fueron condenados a penas de hasta 10 años de cárcel.
Aunque parezca broma, el temible Clan Loza fue víctima de un robo planeado y ejecutado por una organización criminal liderada por un miembro del Poder Judicial de la Nación.
A través de un aceitado sistema de coimas y de procedimientos armados, amparados por el otrora todopoderoso fiscal Scapolan, junto a estudios de abogados, los policías ahora condenados liberaron zonas para la actuación de narcos y el robo de drogas, con el fin de reintroducirlas al mercado ilegal con fines recaudatorios.
Tal era el grado de impunidad con el que funcionaba la organización criminal que, en los operativos ordenados por el fiscal Scapolan, siempre se dejaba sentada la declaración de falsos testigos.
Como es práctica habitual en los procedimientos policiales se pide la colaboración como testigos de personas elegidas al azar que vivan en el lugar del operativo o que circulen casualmente por allí en el momento de la intervención policial. Por orden de Scapolan se hicieron procedimientos en localidades fuera de su jurisdicción, como Quilmes, La Plata o Moreno. En varios casos, eran exactamente los mismos testigos, con nombre, apellido y DNI. Un caso inédito de “testigos ambulatorios”, siempre dispuestos a “colaborar” con la ley, a cambio de algunos pocos pesos.
La asociación ilícita liderada por Scapolan funcionó entre 2012 y 2015. Armaron causas falsas contra empresarios a los que “absolvían” luego del pago de una jugosa recompensa.
En el juicio oral, la Fiscalía consideró que en el debate “ha quedado plenamente demostrado que reducir la responsabilidad de Scapolan a una simple falsedad documental —como si se tratara apenas de un acto aislado de adulteración administrativa— constituye una visión errónea y notoriamente insuficiente”. De esa manera se dejó constancia que el desprocesamiento del exfiscal de San Isidro fue inconsistente porque su actuación “no se limitó a refrendar formalmente un acta o a convalidar de modo pasivo un procedimiento irregular. Por el contrario, su rol fue estructural dentro del esquema delictivo”.
En su alegato final, el fiscal Marcelo García Berro, asistido por Guillermo Silva y Mercedes Soiza Reilly, concluyó que Scapolan “participó de forma consciente, activa y sostenida en la ejecución de las maniobras criminales. Supo de antemano lo que ocurriría, participó en el diseño del operativo simulado, y brindó cobertura judicial para que pudiera cometerse”. Esto incluyó “el robo de estupefacientes, manipular pruebas y garantizar impunidad a los verdaderos responsables y a él mismo”.
Por su parte, la CPM recordó que en sus informes anuales se viene denunciando “la regulación del delito que despliega la Policía Bonaerense en los territorios, los entramados delictivos de los que forma parte y la corrupción estructural e institucional de la fuerza”.
En ese marco, “sectores importantes del Poder Judicial —por acción u omisión— convalidan o son parte de estos delitos”. Agregó que también se advierte “la participación de diferentes sectores políticos que le dan cobertura”.



