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Facundo Jones Huala salió en libertad condicional

Por LR oficial en conflicto mapuche, Internacionales, Jones Huala, mapuche

El lonko mapuche que fue condenado en Chile tras haber sido extraditado por Argentina, recibió el beneficio de la libertad condicional. Hoy por la tarde dejó la prisión de Temuco. (Por La Retaguardia)

✍️ Redacción: Fernando Tebele

💻 Edición: Agustina Sandoval Lerner

📷 Foto de portada: Archivo La Retaguardia/Agustina Salinas


Facundo Jones Huala salió esta tarde de la cárcel de máxima seguridad de Temuco. La Comisión de apelación de la Justicia chilena que tomó el pedido de la defensa del lonko mapuche revocó el rechazo inicial que le impidió salir en libertad en octubre de 2021. Según repasa la resolución, “El amparado se encuentra privado de libertad en el Centro de Cumplimiento Penitenciario de Temuco, siendo condenado por el delito de incendio y porte ilegal de arma de fuego, en causa RIT 99- 2014 seguida ante el Tribunal Oral en lo Penal de Valdivia, de fecha 21 de diciembre del año 2018, a sufrir sendas penas de seis años de presidio mayor en su grado mínimo, de tres años y un día de presidio menor en su grado máximo, además de las accesorias legales”. El cálculo que realizan lo deja con derecho a recibir el beneficio: “De esta forma, se registra como fecha de inicio de condena el día 22 de diciembre del año 2018, más el abono 1276 días, el término de la condena es el 26 de junio del año 2024, y su fecha de tiempo mínimo para postular a la libertad condicional el 26 de diciembre del año 2019”.

El tribunal además tuvo en cuenta la cultura del pueblo mapuche a la hora del trámite de liberación: “En este contexto, para determinar la viabilidad de un proceso de reinserción social, se debe tener presente el enfoque cultural del sentenciado, quien conforme a la cosmovisión del pueblo mapuche, mantiene una conexión espiritual con la tierra y el territorio, por ello es que el Convenio sugiere una preferencia de sanciones distintas al encarcelamiento, lo cual no es incompatible con la legislación nacional, que precisamente con el beneficio de libertad condicional peticionado se puede compatibilizar el fin de la pena, que es la resocialización con el retorno del sentenciado a su medio sociocultural”.