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¿POR QUÉ ES HISTÓRICO EL VEREDICTO DE LAGUNA PAIVA II?

Por LR oficial en Derechos Humanos, Laguna Paiva II (niñeces), Lesa Humanidad - publicado el 24 agosto 2026

El juicio reconoció por primera vez el abandono de persona contra las infancias como crimen de lesa humanidad. La trama y los argumentos de una causa que abre puertas para otras denuncias.

Es viernes 7 de agosto y frente a las puertas del Tribunal Oral Federal de Santa Fe hay movilización. Hay redoblantes, banderas, pecheras. Están los organismos de derechos humanos, los sindicatos, las feministas, las y los estudiantes. Santa Fe capital es una ciudad donde es fácil conocerse en la militancia, en las marchas, a distancia de mate. En la misma esquina donde hace 17 años se celebró la primera condena por delitos de lesa humanidad de la ciudad, en la megacausa Brusa, otra vez se vuelve a cantar que como a los nazis les va a pasar, a los genocidas los iremos a buscar. Y, otra vez, el ex juez federal Víctor Brusa está en el banquillo de los acusados.

Como cada vez que se espera una sentencia en un juicio de lesa, el corazón es colectivo y se aprieta en un solo puño. ¿Absolución? ¿Condena? ¿Cuántos años de condena reparan tantos años de impunidad? Las posibilidades giran vertiginosas con un telón de fondo: los testimonios de las y los sobrevivientes. En este juicio en particular, por un momento esos hombres y mujeres que buscan justicia desde hace cuatro décadas, volvieron a ser niños y niñas frente al tribunal. Contaron sus recuerdos: las cosas rotas, los padres secuestrados, el miedo.

Precisamente esa violencia vivida por niñas y niños de entre 1 y 15 años es lo que hace que Laguna Paiva II haya sido un juicio histórico. Y este 7 de agosto, para alegría y emoción de la militancia reunida ante el Tribunal, se reconoció por primera vez en Argentina el abandono de persona contra las infancias como delito de lesa humanidad.

Mario Páez tenía 14 años cuando fue secuestrado en 1980 junto a sus padres: Arnaldo Catalino Páez y Juana Tomasa Medina. En ese momento, la familia vivía un exilio interno y la patota los encontró viviendo y trabajando en un horno de ladrillos en Lima (Buenos Aires). Cumplió 15 años en la sede del Departamento de Informaciones de la Policía de Santa Fe, que funcionó como un centro clandestino de detención. 

Mario sale del tribunal con una sonrisa de satisfacción, con la certeza de haber cumplido el camino que inició su padre (fallecido en 2016) junto a otros compañeros de militancia de los años 70, trabajadores perseguidos por la dictadura por defender sus derechos: Daniel Acosta, Juan Miranda, Pedro Moncagatta, Juan Carlos Sánchez, Hugo Silva, Ricardo Galván, Juan Carlos Oliver y Roberto Soria. Sonríe, parece no sentir el frío, lleva entre sus manos la bandera del Partido Revolucionario de los Trabajadores. Dice que se cerró un círculo de años de lucha, que se siente hermano de quienes lo hicieron posible. “Han terminado de armar este rompecabezas que es la persecución ideológica que hubo en la década del 80, donde pagaron las consecuencias niñas y niños de aquella época”.

Once niñas y niños de la familia Páez-Medina fueron abandonados; otros cinco secuestrados, una de ellas abusada sexualmente por la patota. “Son cosas que no deben suceder más en este país”, asegura. Y agrega: “Soy un agradecido por toda la gente que nos apoyó hasta hoy. Estamos conformes con las condenas. Es nuestro deseo que estos delincuentes cumplan su condena en cárceles comunes”.

Los jueces (Ricardo Moisés Vázquez, Mario Gambacorta y Osvaldo Facciano) condenaron a tres expolicías y al ex juez federal Brusa por los delitos de tormentos, privaciones de la libertad, allanamientos ilegales y, es lo novedoso, por el abandono de persona contra las infancias en el marco de la última dictadura. Antonio Parvelotti, ex subjefe del Departamento de Informaciones D2 de la Policía de Santa Fe, recibió una pena de 18 años de prisión. El expolicía Enrique Riuli recibió una pena de 15 años de prisión (unificada en 18 años, por la pena recibida en Laguna Paiva I). Brusa fue penado a 14 años de prisión (unificado en 25 años de prisión por penas anteriores por delitos de lesa humanidad). Al expolicía Oscar Valdez lo condenaron a nueve años de prisión (pena unificada en prisión perpetua por haber sido condenado por el asesinato de cuatro militantes de Montoneros en 1977).

En todos los casos quedó expreso que los delitos “fueron cometidos en el marco de un ataque sistemático y generalizado contra la población civil y constituyen delitos de lesa humanidad”.

El juicio Laguna Paiva II tuvo su origen en la causa de lesa humanidad conocida como “Chartier” o “Laguna Paiva I”. En ella se juzgó a seis expolicías santafesinos por el secuestro y la aplicación de tormentos de 11 trabajadores oriundos de Laguna Paiva (situada a 40 kilómetros de Santa Fe). Los obreros se desempeñaban en el frigorífico de la vecina localidad de Nelson y en la década del 70 habían formado la agrupación sindical La Lucha, ligada al Partido Revolucionario de los Trabajadores.

Los testimonios de ese primer juicio evidenciaron la violencia específica que sufrieron las niñas y los niños de la familia Páez-Medina: abandonos, secuestros, tormentos y abuso sexual.

El abandono de persona contra las infancias, delito de lesa humanidad

La querella estuvo representada por las abogadas Julia Giordano y Noelia Zarza y el abogado Federico Pagliero, integrantes de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de Rosario. Pagliero explica a La Retaguardia que “los propios sobrevivientes dieron la calificación legal de los hechos: el abandono”. Y destaca que este juicio “puso de resalto la violación sistemática de los derechos humanos de las infancias”.

El propio Catalino Páez lo denunció en esos términos cuando aún estaba privado de su libertad, en 1984. En una carta que escribió entonces, mencionó que sus “6 hijos de entre 1 y 12 años quedaron abandonados en el horno de ladrillos” luego de su secuestro. En 2014 lo reafirmó en su declaración durante la etapa de instrucción de la causa Laguna Paiva I.

Los relatos de las y los sobrevivientes y los aportes de los testigos de concepto lograron argumentar que hubo abandono de persona, que las infancias fueron expuestas a peligros concretos, que los funcionarios públicos incumplieron con su deber de cuidado y que todo fue parte de un plan sistemático en el que los perpetradores conocían la existencia de niñas y niños en los domicilios donde realizaron los allanamientos ilegales, los secuestros y los tormentos.

La querella argumentó que el aislamiento y el quiebre de los lazos sociales fue parte del plan represivo. Porque no solo desarticularon la familia nuclear de Catalino Páez, sino su familia ampliada: las familias de sus hermanos y hermanas. Las y los niños abandonados quedaron sin una red a la que acudir en busca de ayuda, situación agravada —como lo testificaron en el juicio— por el miedo de vecinas y vecinos a ayudarlos y recibir represalias. Además, destruyeron sus casas, dejándolos a la intemperie y obligados a buscar la forma de alimentarse y sobrevivir.

Respecto al peligro, la querella argumentó: “Basta la materialización de la situación de peligro que efectivamente se corre para la consumación del delito. En ese sentido la probabilidad de peligro al dejar infancias en la situación de desamparo descripta, son: la imposibilidad de proveerse cuidado a sí mismos por tal motivo ser víctimas de accidentes, la imposibilidad de proveerse alimentación y generar daños a su salud, la imposibilidad de proveerse cuidados médicos generando daños para su salud física, la imposibilidad de proveerse seguridad y ser víctimas de delitos por parte de terceras personas. Y a estos peligros además de ser concretos para cualquier niño y/o adolescente que es dejado en soledad, se suman las situaciones concretas por ellos constatadas. En el caso de Lima, estar en una ladrillera rodeada de camiones y maquinaria”.

En 1980, cuando ocurrieron los hechos, ya existía la Declaración de los Derechos del Niño de las Naciones Unidas, de la que Argentina era parte. La Constitución Nacional vigente en ese momento y la Constitución de Santa Fe establecían que el Estado debía proteger de manera integral a la familia y procurar que el niño crezca en el amparo del núcleo familiar. La Ley Agote (referida a la niñez, vigente en esa época) preveía la actuación del Estado a través del juez de menores no sólo cuando los menores cometieran delitos, sino cuando estos se encontraran lejos de la vigilancia de los padres.

Sobre el impacto del abandono, Pagliero sostiene: “Acreditamos el paso rápido de la infancia a la adultez para poder sobrevivir y para poder proteger a los hermanos más pequeños, en el caso de Mónica Páez, de Ramón Páez o de Susana y Ramona Medina. Acreditamos también el dolo: los agentes estatales del terrorismo de Estado sabían que estaban dejando a niños desamparados”.

Pablo Llonto, periodista y abogado especializado en derechos humanos, valora que el delito del abandono contra las infancias haya sido contemplado. “Es un avance importante porque es un delito que no había tenido consideración hasta el momento a nivel nacional. Hay un gran triunfo allí que va a repercutir en otras jurisdicciones donde pasó lo mismo: secuestros de padres, tíos o hermanos grandes y el menor dejado abandonado en la casa”, dice.

También menciona otros hechos que afectaron particularmente a las infancias: torturas para lograr la dirección o el horario en el que venía el padre o la madre o secuestros en centros clandestinos de detención “como elemento de presión y de tormento para los padres”.

Nelly Minyersky es militante feminista y abogada con una importante trayectoria en el Derecho de Familia. Subraya también la importancia de que se haya reconocido al abandono de persona como delito de lesa humanidad. Una de las características principales de este tipo de delitos es la imprescriptibilidad. Menciona que el abandono es un delito civil y penal, pero en este caso “no solo fue dañino para algunos niños, sino que forma parte de exterminio de la niñez, como por ejemplo en el caso de la sustitución de la identidad” llevado adelante en el marco de la última dictadura en Argentina, y también durante el nazismo y el franquismo.

El cuidado como un derecho humano

Minyersky fue testigo de concepto durante el juicio. Allí mencionó la Opinión Consultiva N° 31 de 2025 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que declara al cuidado como un derecho humano. Este derecho forma parte del derecho convencional argentino. “Cuando yo no me puedo cuidar, alguien tiene que cuidarme: la sociedad, la familia y el Estado tienen esa obligación”, indica.

Y subraya: “El cuidado es lo que hace operativos otros derechos humanos, como la salud y la educación”. Por eso, este reconocimiento era “una asignatura pendiente” en términos de la lucha por Memoria, Verdad y Justicia.

“En la historia de los derechos humanos en Argentina la sociedad luchó por los adultos. Y no habíamos percibido el daño que sufrieron los niños. Ellos no fueron víctimas indirectas. Fueron víctimas: si los niños y los adolescentes son sujetos de derecho, estos actos no pueden quedar impunes”, señala.

Contra el silencio impuesto

En 1976, a través de la Agencia Clandestina de Noticias (Ancla), el periodista y militante Rodolfo Walsh afirmaba: “El terror se basa en la incomunicación”. “Grietas en el silencio” es el nombre de la investigación que publicó en 2014 el Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de las Mujeres (Cladem), sobre la violencia sexual en el marco del terrorismo de Estado. Hasta ese momento, las violaciones habían sido consideradas parte de los tormentos. Tanto la cita de Walsh como la alusión a la lucha de compañeras y compañeros por nombrar en su especificidad la violencia sexual llevan inevitablemente a los testimonios escuchados en los juicios Laguna Paiva I y II.

Hubo un silencio que romper para poder denunciar, hubo que poner palabras a recuerdos depositados en los subsuelos del tiempo. Ese silencio no fue una elección: fue impuesto con violencia física por quienes buscaron deshumanizar a sus víctimas, infundir el terror, instalar un modelo económico con la picana y la desaparición.

Norma Ríos es presidenta honoraria de la APDH y presenció todas las audiencias. Marca que, durante más de 40 años, los sobrevivientes “no solo sufrieron el horror del silencio, de no poder hablar, sino también de que se habían roto los lazos familiares porque no podían hablar entre ellos, ni padres con hijos, ni entre hermanos, ni primos”. Y remite a la historia de una de las sobrevivientes, que pudo contar el abuso que sufrió a sus hermanos minutos antes de prestar declaración en el juicio Laguna Paiva I.

“Esto me impactó, porque nosotros buscamos justicia, pero en definitiva, ¿qué es la justicia? La justicia es una sentencia, sí. Pero eso no termina de dar justicia a un ser humano. Nosotros buscamos humanidad, buscamos el resarcimiento para los sentimientos, para la familia, para que tengan menos dolor a futuro, para que puedan transformar su vida de ahora en adelante”, reflexiona.

Sigrid Dalostto es psicóloga y militante de la APDH. También fue testigo de concepto en el juicio. Tras la sentencia, indica la importancia de la ruptura del silencio. Señala que la infancia es el tiempo más importante en la vida de los sujetos, porque desde ahí éste se proyecta para la vida. Agrega: “Si un acontecimiento traumático, por sus características de arrasamiento subjetivo, trae por efecto la detención de la infancia y un silenciamiento de lo vivenciado por décadas, la posibilidad de dar testimonio del horror, de hablar sobre aquello que los dejó enmudecidxs cuando el miedo se apropió de los cuerpos, junto a la restitución de la palabra, permite recuperar humanidad y encontrar la oportunidad de hacer memoria para el futuro”.

Y agrega: “En la medida en que pudo romperse el muro de silencio que tenía condenadas a estas niñeces, que fueron forzadas a callar y que reflejan uno de los tantos modos de abandono de personas, se restituye la palabra en su función de lazo social. Permite reconocer al otrx como semejante, y en esa recuperación ya no se trata de acontecimientos individuales, porque se transforman en memoria colectiva”.

Una sentencia para el futuro

Ana Oberlin es fiscal auxiliar en la causa de lesa humanidad que se tramita en La Plata por los crímenes ocurridos en la Comisaría 5° de esa ciudad. Allí hubo niñas, niños y adolescentes secuestrados y sometidos a torturas. Sobre la sentencia de Laguna Paiva II, destaca: “Es la primera vez que se aborda de manera conjunta una serie de violencias ocurridas contra niños, niñas y adolescentes de manera individual, es decir fuera de lo ocurrido con las personas adultas. Lo que se hace es considerar que niños, niñas y adolescentes han sido victimizados de forma independiente a las personas adultas”.

Oberlin se refiere también a los fundamentos del veredicto, que se conocerán el 7 de septiembre: “Entiendo que la decisión del tribunal ha sido justamente destacar que la violencia hacia ellos y ellas ha sido específica, determinada y determinante y que además justamente por el hecho de ser niños y niñas, esa violencia ha sido exponencial sobre ellos y ellas”.

Señala que es “un fallo destacable”. Añade que este caso, como otros en los que se está trabajando (en La Plata y Mendoza), permite visibilizar las violencias cometidas durante el terrorismo de Estado y también de las violencias estatales y no estatales que continúan sufriendo niños, niñas y adolescentes.

Ángela Urondo Raboy es periodista, escritora y militante de derechos humanos. Es querellante en la megacausa D2 en Mendoza, por delitos cometidos contra 58 niñas, niños y adolescentes durante la dictadura. En su caso, tenía 11 meses cuando atacaron a balazos el auto en el que viajaba con sus padres: Francisco “Paco” Urondo y Alicia Raboy. Urondo fue asesinado; Alicia permanece desaparecida. Ángela quedó abandonada: primero fue llevada al D2 y luego a Casa Cuna.

Urondo Raboy siguió de cerca el juicio Laguna Paiva II. “En diferentes lugares del país se viene intentando llegar a la Justicia con casos similares. Y no es casual: es que los crímenes contra las infancias fueron parte de un mismo plan sistemático. En Argentina hubo chicos y chicas allanados, secuestrados, torturados, sexualizados, institucionalizados, apropiados, dejados en abandono, niños asesinados y desaparecidos”, denuncia.

“Nos costó mucho poder decirlo en palabras, que nos vieran, que se aceptaran nuestros reclamos, nuestras vivencias, que la Justicia y la sociedad dejasen de mirar hacia otro lado y nos dieran respuestas por la violencia de la que fuimos receptores y depositarios, por los ataques, por las consecuencias, por los daños”, agrega.

Asegura que el fallo de Laguna Paiva II “es un gran precedente para los juicios por venir, ya que reconoce a los niños como perseguidos políticos, ve los allanamientos y el abandono de aquellas infancias como acciones criminales; comprende estas prácticas no como hechos aislados sino como parte de una maquinaria represiva sistemática y en el marco de un genocidio”.

Considera que esta sentencia es una forma de reparar. E indica que “puede servir de límite a quienes todavía en el mundo siguen llevando a cabo genocidios, promoviendo la muerte y otras formas políticas de exterminio contra las infancias”.

Destaca que, finalmente, los genocidas que violentaron a aquellas infancias “pasarán a la historia como los criminales que son”.

María Giuffra es artista plástica, dibujante, fotógrafa y arquitecta. Tenía seis meses cuando su papá, Rómulo Carlos Giuffra, fue secuestrado por el Ejército en 1977; su cuerpo fue recuperado en 1998. María es autora del libro “La niña comunista y el niño guerrillero” (2021), que relata a través de historietas su historia y las de otras niñas y niños cuyas infancias estuvieron atravesadas por el secuestro, el asesinato o la desaparición de sus padres o madres por parte de los grupos de tareas.

“Tuvimos que esperar más de 40 años para que las infancias sean reconocidas como víctimas del terrorismo de Estado”, afirma tras la sentencia. “No es casual que durante tantos años haya sido tan difícil visibilizar semejantes crímenes contra niñas y niños. Es en ese punto en donde la teoría de los ‘dos demonios’ se cae. Además de los crímenes por los que fueron condenados los genocidas de Laguna Paiva, aún hay muchos crímenes contra infantes sin siquiera denunciar”.

María tomó personalmente los testimonios que componen su libro; pero advierte que muchos otros niños y niñas no pudieron contar su historia porque fueron asesinados. Los menciona, los inscribe en la memoria: Mónica Santucho, Carlitos Manfil, Rubén Sandro Olea, Emiliano Ginés Scotto, María Eugenia y Fernando Amestoy, Bárbara y Roberto Lanuscou, Pablo Antonio Miguenz, los mellizos Valle (recién nacidos); y el bebé que esperaba el matrimonio Perez-Gaya. “Merecen justicia”, asegura.

En esta época de negacionismo y reivindicación estatal de la crueldad, Minyersky explicita que la crueldad no es una moda, sino que son conductas terribles para una sociedad. Y reafirma que contra la crueldad hay que luchar. “¿Por qué se apropiaron de los niños? Para infundir más miedo y terror. Y también para ‘cambiar la cabeza’, entonces les suprimían la identidad”. Respecto al por qué del abandono, es contundente: “Porque no los consideraron seres humanos”.

46 después, el Estado reconoció el delito contra los niños y las niñas Páez-Medina en el marco de un plan sistemático. Por eso asegura: “Este juicio pasará a la historia”.

Una red de acompañamiento para que haya Justicia

Este fallo, que abre puertas a otros y otras sobrevivientes, no hubiera sido posible sin la palabra de las y los querellantes, sin su coraje para volver a recordar aquella infancia trunca ante el tribunal. No sería una realidad sin el acompañamiento humano y legal del equipo jurídico. Y tampoco lo sería sin las organizaciones que apoyaron, dentro y fuera del tribunal. Ante un gobierno que violenta al pueblo cotidianamente, las redes de organizaciones continúan tejiéndose desde el amor y la convicción de que no hay democracia sin verdad, sin memoria y sin justicia.

Luis Larpin integra el Foro contra la Impunidad y por la Justicia de Santa Fe, que nuclea a todos los organismos de derechos humanos de la ciudad. “Nos propusimos acompañar este juicio que queríamos que tuviera trascendencia histórica por los cargos que significaban los crímenes contra las infancias”, dice.

Al respecto, explicita que trabajaron en dos ejes. El primero, que el juicio fuera público. No solo por la posibilidad de presenciar las audiencias y la transmisión en vivo de las mismas, sino que fuera público en el sentido de involucrar a la sociedad. Para ello se convocó a la prensa y se generaron actividades en diversos sitios, en colegios profesionales, en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Nacional del Litoral, en una escuela secundaria de Laguna Paiva y una radio abierta frente al Tribunal.

“El segundo elemento fue no quedarnos en el Foro como punto aglutinante, sino ampliar la convocatoria a distintas organizaciones que se sumaron en el objetivo central de sostener este juicio para lograr una victoria jurídica y política”, detalla. En ese camino se conformó una mesa interinstitucional en la que participaron diversas organizaciones de la sociedad civil y también del Estado provincial, como la Secretaría de Derechos Humanos y la Defensoría de Niños, Niñas y Adolescentes.

“Toda esta suma, más el extraordinario trabajo jurídico de la querella, lograron que la Justicia Federal de la provincia de Santa Fe tomara estos crímenes contra las infancia como crímenes de lesa humanidad”, completa.

Ríos señala también que “el papel de los organismos es vital en los juicios de lesa humanidad”. Oberlin concluye: “Tenemos que sentir orgullo por cómo, a pesar de los embates continuos, estos juicios continúan con una solidez inusitada, tanto que siguen avanzando sobre hechos que en algún momento fueron invisibilizados, como el caso de los niños y las niñas víctimas del terrorismo de Estado”.

Dalostto cita a la psicóloga chilena Daniela Munizaga, quien reivindica una memoria “capaz de alcanzar la voz de la justicia e inscribirla, finalmente, en el patrimonio de la memoria de la humanidad”. Esta es la síntesis de una historia que comenzó con un grupo de obreros sindicalizados reclamando justicia por la persecución sufrida durante la dictadura y que terminó abriendo horizontes de reparación para las infancias de ayer y de hoy.