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AHORA Y SIEMPRE – 216: EL ABANDONO DE LAS INFANCIAS COMO CRIMEN DE LESA HUMANIDAD

Por LR oficial en Ahora y Siempre, Derechos Humanos, Lesa Humanidad - publicado el 10 agosto 2026

Lo había destacado como algo que, de concretarse, sería histórico dentro del proceso de juzgamiento de los delitos de la última dictadura. Y finalmente sucedió.

Mario Páez y Juana Medina. Fotografía: Gabriela Carvalho para Pausa.

El viernes pasado, el Tribunal Oral Federal de Santa Fe determinó que las infancias no fueron víctimas circunstanciales ni daños colaterales de los operativos desplegados por los genocidas de la última dictadura contra sus padres, sino más bien víctimas directas del terrorismo de Estado.

Así, condenó al exjuez federal Víctor Hermes Brusa y a los expolicías Eduardo Enrique Riuli, Oscar Cayetano Valdez y Antonio Parvelotti por secuestros y torturas contra trabajadores de la carne en la ciudad santafesina de Laguna Paiva y el abandono en el que quedaron les hijes y sobrines del dirigente gremial del sector Arnaldo Catalino Páez. Aquellos 16 niñes, hoy adultes, quedaron solos, sin ningún adulto que los cuidara, después de que las fuerzas represivas secuestraran a sus familiares. Recién el viernes, décadas después de los hechos, tuvieron Justicia.

El veredicto dictado en el segundo juicio de la causa Laguna Paiva marca un precedente: por primera vez, un tribunal argentino consideró el abandono de persona en perjuicio de niñas y niños como parte del ataque sistemático contra la población civil y, por lo tanto, como un crimen de lesa humanidad.

Allí radica el condimento histórico del veredicto: cuarenta y seis años después, la Justicia reconoció que dejar a niños y niñas solos, someterlos a la incertidumbre sobre el destino de sus padres y obligarlos a asumir responsabilidades propias de los adultos no fue una consecuencia accidental de la represión. Fue también una de sus formas.

Las víctimas tenían entre uno y 14 años cuando ocurrieron los hechos, en 1980. Algunas quedaron solas después del secuestro de sus padres. Otras fueron capturadas junto con ellos y trasladadas a centros clandestinos de detención. Durante décadas, sus padecimientos quedaron relegados dentro de las investigaciones sobre la persecución a los adultos de sus familias. Este segundo debate oral permitió colocar en el centro aquello que habían sufrido durante sus infancias y reconocerlas como víctimas con entidad propia.

El tribunal, integrado por Ricardo Vázquez, Osvaldo Facciano y Mario Gambacorta, condenó a Parvelotti, exsubjefe del Departamento de Informaciones D2 de la Policía de Santa Fe, a 18 años de prisión. Riuli recibió una pena de 15 años, que fue unificada en 18 años con la condena dictada en el primer tramo de la causa. Brusa fue condenado a 14 años, unificados en una pena de 25 años por sus condenas anteriores. Valdez recibió nueve años, aunque esa pena quedó absorbida por la prisión perpetua que ya cumple por su participación en la denominada Masacre de Ituzaingó y Las Heras.

Los cuatro fueron declarados responsables de delitos como violación de domicilio, privación ilegítima de la libertad, tormentos y abandono de persona. Brusa también fue condenado por incumplimiento de los deberes de funcionario público y falsedad ideológica de documento público. El tribunal estableció que todos esos delitos formaron parte del ataque sistemático desplegado durante el terrorismo de Estado. Los represores condenados ya cumplían penas por delitos de lesa humanidad, por lo que las que recibieron el viernes se unifican. Los fundamentos de la sentencia se conocerán el próximo 7 de septiembre.

Los condenados seguirán cumpliendo sus penas bajo la modalidad de prisión domiciliaria. La querella de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) adelantó que revisará, con intervención de sus peritos, las condiciones de salud de los represores y reclamará su traslado a una cárcel común si se determina que están en condiciones de permanecer allí.

Dejo dos crónicas publicadas en Diario La Pausa y El Ciudadano para revisar el hecho y la transmisión del veredicto por parte de La Retaguardia, que incluye la participación de Ángela Urondo. Los tres medios cubrieron todo el debate, que comenzó en abril pasado.

La semana en juicios

Dejo el calendario de audiencias para esta semana, que es cortísima.

🗓️ Lunes 10 de agosto:

Sin audiencias.

🗓️ Martes 11 de agosto:

⚖️9:00hs. FERRARI. Alegatos. Tribunal Oral Federal de Neuquén.

⚖️9:00hs. SAINT AMANT IV. Alegatos. Tribunal Oral Federal N° 2 de Rosario. Transmite La Retaguardia.

🗓️ Miércoles 12 de agosto:

⚖️9:00hs. ESMA IX – “Chispa” Sánchez. Tribunal Oral Federal N5 de Ciudad de Buenos Aires. Alegatos. Transmite La Retaguardia.

⚖️9:00hs. D2 MENDOZA. Tribunal Oral Federal de Mendoza. Alegatos de la Fiscalía. Transmite La Retaguardia.

🗓️ Jueves 13 de agosto:

⚖️ ORLETTI-POMAR. Tribunal Oral Federal N|1 de Ciudad de Buenos Aires ordenó una visita ocular a la casa de el centro clandestino que funcionó en la calle Pomar, en el barrio porteño de Pompeya. Si bien ya se han realizado inspecciones en el marco de la instrucción de la causa, será la primera que se realizará en un juicio oral y público. El registro periodístico, que se espera pueda realizarlo La Retaguardia, será fundamental.

🗓️ Viernes 14 de agosto:

Sin audiencias.

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