El Gobierno nacional pretende eliminar la figura de Femicidio contemplada en el Código Penal
Por LaRetaguardia en Femicidios, Género y Diversidad, Mujeres - publicado el 24 enero 2025
El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, lo aseguró a través de un mensaje publicado en su cuenta oficial de X, argumentando que la figura del femicidio, introducida en 2012 con la Ley 26.791, contraviene el principio de igualdad ante la ley.
Redacción: Agustina Sandoval Lerner
Edición: Pedro Ramírez Otero
Foto: Archivo Bárbara Barros / La Retaguardia
Además de eliminar la figura del Femicidio, el Gobierno nacional también contempla derogar Ley de Identidad de Género (Nº 26.743); el DNI no binario; la Ley Micaela (Nº 27.499), que obliga a funcionarios públicos a recibir capacitaciones sobre perspectiva de género y violencia contra las mujeres; la Ley de Promoción del Acceso al Empleo Formal para personas Travestis, Transexuales y Transgénero (Nº 27.636); y la Ley de Paridad Electoral (Nº 27.412), que establece que las listas de candidaturas para cargos públicos electivos deben conformarse con un 50% de hombres y 50% de mujeres.
La justificación del ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, siguiendo el discurso de todo el gobierno, es que durante años “se utilizó a la mujer para llenarse los bolsillos y desmedrar al hombre” y que “sin importar nuestro sexo, somos todos iguales ante la ley y merecemos la misma protección y respeto”.
En contraposición con los dichos del ministro, en lo que va del 2025, se conoció que ocurre 1 femicidio cada 20 horas en nuestro país.
Desde el Observatorio “Ahora Que Sí Nos Ven”, a través de las redes sociales, dieron a conocer la cifra de los primeros días del año, e indicaron que cada 20 horas, una mujer es asesinada en contexto de violencia de género.
Cuando la igualdad ante la ley no alcanza
El 14 de diciembre de 2012, Argentina se metía entre los primeros países de América Latina en incorporar la figura que contempla la forma más extrema de violencia contra las mujeres. La modificación que incorporó la figura de femicidio en el Código Penal Nacional dentro del artículo 80 inciso 11, estableciéndolo como agravante del homicidio, se publicó en el Boletín Oficial la Ley 26.791.
Aunque el principio de Igualdad ante la ley por el que tanto abogan los actuales representantes del Gobierno nacional se encuentre plasmado en el artículo 16 de la Constitución Nacional, la necesidad de haber fijado, hace más de 10 años, un agravante en el Código Penal, indica que no siempre alcanza con la letra escrita en la ley.
Sí está demostrado, aunque no lo quieran ver, que a través de acciones que buscan eliminar las desigualdades de género y brindar igualdad de oportunidades a las mujeres, así como políticas públicas de prevención y una intervención activa del estado, las tasas de femicidios pueden disminuir.
La figura del femicidio existe y su creación, además de funcionar como agravante, lo expone como el tipo de violencia más extrema, dentro de un contexto de violencia de género, fijándolo como un mecanismo para poder lograr, de una vez por todas, la verdadera igualdad ante la ley.