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La Retaguardia

El juez abrió una nueva instancia por el Campo de Deportes de la ESMA que quieren ceder a River Plate

Por LR oficial en CABA, ESMA

El juez de la megacausa, Ariel Lijo, volvió a pedir opiniones a las partes acerca de la entrega al club de Nuñez del lugar en el que se cremaban los cuerpos de personas asesinadas durante la última dictadura cívico-militar-eclesiástica, en lo que puede leerse como una posible marcha atrás de una cesión a la que se oponen sobrevivientes y familiares.

Redacción: Carlos Rodríguez
Edición: Fernando Tebele

El juez federal Ariel Lijo dispuso la apertura del incidente de nulidad planteado contra su decisión de otorgar al club River Plate “un permiso de uso precario” del predio donde funcionó, en dictadura, el Campo de Deportes de la ESMA. Lijo corrió vista a las partes: el gobierno nacional, que hizo la concesión, y las víctimas del genocidio que se oponen a la destrucción de pruebas en un lugar utilizado como crematorio y cementerio clandestino de víctimas del Terrorismo de Estado.  

El 23 de mayo pasado, Lijo, titular del Juzgado Criminal y Correccional Federal N°12 de CABA, que instruye la Megacausa ESMA, había autorizado a la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a darle la cesión gratuita del predio al Club Atlético River Plate. 

De acuerdo con el testimonio de sobrevivientes e incluso de represores, en el Campo de Deportes de la ESMA eran calcinados los cuerpos de víctimas que no eran desaparecidas en los llamados “Vuelos de la muerte”. Algunos de los cuerpos que estarían en el predio serían los del escritor Rodolfo Walsh y Raimundo Villaflor, entre otros. 

En una breve resolución, firmada el 18 de octubre, Lijo abrió las actuaciones para que se tenga “por conformado el presente incidente” y ordenó “respecto del planteo de nulidad efectuado” que se “corra vista a las partes”. La decisión de Lijo había sido tomada luego de consultas con el Ministerio de Defensa y otros organismos oficiales. 

La medida fue rechazada en una declaración firmada por más de 200 sobrevivientes y familiares de víctimas que pasaron por el centro de torturas y exterminio de la ESMA. Entre otros argumentos, se sostuvo que la decisión “vulnera la obligación de los Estados de preservar los lugares en donde se cometieron graves violaciones de los derechos humanos”. Aseguraron, además, que constituye “una clara violación a lo dispuesto por la normativa legal aplicable”. El permiso fue dispuesto “sin garantizar sin garantizar la preservación del valor probatorio del predio y sin la consulta, y la participación previa, de sobrevivientes, familiares y organismos de DDHH”.

La diputada Myriam Bregman y Matías Aufieri, del Centro de Profesionales por los Derechos Humanos (CeProDH), en representación de los querellantes de la causa ESMA Patricia Walsh y Carlos Lordkipanidse, había presentado un escrito solicitando al juez Ariel Lijo que ordene la suspensión de la cesión y mantenga la medida cautelar de no innovar que había dispuesto en 2004 el juez Sergio Torres. Pero el juez la rechazó por haber sido presentada fuera de los plazos judiciales.

https://www.youtube.com/watch?v=bVKlZNUbkq0El 18 de septiembre pasado, sobrevivientes y familiares de personas que estuvieron secuestradas en la ESMA, rechazaron la decisión estatal de transferir al Club River Plate el Campo de Deportes y Entrenamiento del ex Centro Clandestino de Detención, Tortura y Exterminio. El traspaso se decidió mediante un convenio entre la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y el club de Núñez. El permiso de uso sería “por tiempo indeterminado” y comprende “los terrenos e instalaciones” del predio ubicado en avenida Cantilo 5700, entre Arroyo Medrano y Tambor de Tacuarí. El campo tiene una extensión de más de siete hectáreas. 

En 2004, cuando el gobierno nacional y la Ciudad de Buenos Aires crearon el Sitio de Memoria y Derechos Humanos en la ex ESMA, el Campo de Deportes no quedó integrado al emprendimiento, a pesar de los reiterados reclamos para que eso ocurriera. 

La decisión del gobierno nacional es cuestionable porque testimonios de conscriptos, alumnos y sobrevivientes, registrados desde la creación de la CONADEP (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas), ratifican que en el predio se han realizado, durante la dictadura cívico-militar , “enterramientos e incineración de cuerpos de víctimas” del centro clandestino que estuvo a cargo de la Armada Argentina. En el predio se encontrarían víctimas que no fueron parte de los “Vuelos de la muerte”. 

Para familiares y sobrevivientes, el Campo de Deportes fue “tanto o más necesario para el funcionamiento del mundo ESMA”, tal como lo fueron “el pabellón de automotores o el edificio Cuatro columnas”. El predio fue uno de los tres más emblemáticos lugares, a los fines probatorios, de la megacausa ESMA, según afirma el ex Juez de Instrucción Sergio Torres en su libro “ESMA. La investigación judicial” (Buenos Aires, Eudeba, 2021).

En forma consecuente con su argumentación, el juez Torres dictó, en 2004, una medida de “no innovar” con el fin de preservar la integridad del espacio y de los elementos de prueba que allí pudieran encontrarse. 

Los familiares y sobrevivientes recordaron que la preservación de los sitios de memoria y la reparación integral de los daños ocasionados a las víctimas de violaciones a los DDHH, están legislados por normas internacionales que fueron ratificadas a nivel regional y nacional. 

Entre otras normas, citaron la Declaración Universal de DDHH, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos; la Convención Internacional para la protección de personas contra la desaparición forzada; la resolución 3/19 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), de Principios sobre Políticas Públicas de Memoria en las Américas, y la resolución 25778, que otorga jerarquía constitucional a la Convención sobre la imprescriptibilidad de los crímenes de guerra y de los crímenes de lesa humanidad adoptada por  las Naciones Unidas.

A pesar de la normativa vigente, el permiso de uso del predio fue otorgado sin garantizar la preservación del valor probatorio del predio y sin la consulta, y la participación previa, de sobrevivientes, familiares y organismos de DDHH. Todo esto configura una “clara violación a lo dispuesto por la normativa legal aplicable”. 

El 8 de febrero de este año, en una reunión organizada por la Secretaría de DDHH de la que participó el directorio de organismos del Espacio de Memoria ESMA, se informó que en el predio se iba a iniciar un proyecto de excavaciones arqueológicas, pero no se especificó si esa era una tarea previa al traspaso del campo de Deportes a River Plate. 

El convenio entre AABE y el club se firmó en junio de 2023. Intervinieron también el juzgado en lo Criminal y Correccional a cargo de Ariel Lijo, el Ministerio de Defensa y la Secretaría de DDHH de Nación. Lo que se concedió a River fue “un permiso de uso precario, gratuito y por tiempo indeterminado”. El objetivo final del club, es la construcción de un campo de deportes para realizar “actividades recreativas y deportivas de interés general”. 

En el convenio se establece como condición que en la primera etapa del traspaso el Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) desarrolle en los terrenos un proceso de supervisión y trabajo en conjunto con el club “para establecer la posible existencia de enterramientos clandestinos o depósitos de restos óseos pertenecientes a detenidos desaparecidos”. Sin embargo, ese plan se realizará una vez otorgado el permiso de uso al predio por parte de River. 

Sobre este punto, Fabián Salviolli, Relator Especial de la ONU sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, expresó su preocupación. Dijo que “el requerimiento de autorización judicial previa a cualquier movimiento de terreno” y el hecho de que el EAAF realice “estudios forenses y monitoreo del lugar antes y durante el transcurso de las obras (…) no agota la custodia integral del valor probatorio, institucional y simbólico del predio en cuestión”. 

Los reclamos realizados

Apenas conocida la decisión del traspaso del predio, sobrevivientes y familiares expusieron sus demandas en contra de la decisión del gobierno nacional. 

Lo hicieron ante el Juzgado Federal N°12, Secretaría N° 23, a través de la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos, junto con Patricia Walsh, la hija de Rodolfo Walsh,  y el sobreviviente Carlos Lordkipanidse. El planteo fue rechazado “por extemporáneo”. 

Con igual argumento, el Juzgado Federal N°12 Secretaría N° 23, desestimó la presentación de familiares y sobrevivientes querellantes. El mismo juzgado desechó otro planteo de familiares y sobrevivientes no querellantes. 

Luego de esos rechazos, se hicieron presentaciones ante: 

–El Relator Especial de la ONU, Fabián Salvioli, a través del Centro de Estudio Legales y Sociales (CELS). 

–Ante la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, Tania Reneaum Panszi. 

–En una reunión realizada en el Ministerio de Defensa con participación de la AABE y el secretario de Derechos Humanos. 

–Otra vez ante el Relator Especial sobre la promoción de la verdad, la justicia, la reparación y las garantías de no repetición, Fabián Salvioli. 

–Ante la Legislatura porteña mediante el Proyecto de Ley que declara Espacio de Memoria al Campo de Deportes de la Armada Argentina. 

–Ante Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°5  en la causa ESMA VII, a través de los sobrevivientes Carlos Lordkipanidse y Osvaldo Barros, quienes pidieron que se restaure la medida de No Innovar sobre el predio en cuestión. Est pedido fue acompañado por el fiscal del juicio Félix Crous y por el abogado querellante Rodolfo Yanzón. 

Los sobrevivientes y familiares, ratificaron que se oponen a que el Estado argentino conceda el uso de un predio “que debe estar al servicio de la memoria, la verdad y la justicia”. La oposición se fundamenta en que “la desaparición forzada de personas es un delito de ejecución permanente, que se prolonga sin interrupción en el tiempo y sólo finaliza una vez que la persona es hallada con vida, o sus restos mortales son identificados y entregados a sus familiares”. 

Se insiste, en este punto, en que el Campo de Deportes y Entrenamiento ESMA “fue utilizado para garantizar que ese delito se siga cometiendo indefinidamente”. Esto es así porque “conforme testimonios, ese espacio fue necesario para el funcionamiento del ex CCDTyE ESMA y debe ser preservado por su valor probatorio, institucional y simbólico”. 

Por otra parte, se recalcó que “la construcción proyectada por el Club Atlético River Plate vulnera la obligación de los Estados de preservar los lugares en donde se cometieron graves violaciones de los derechos humanos”.

El proyecto del club “es impracticable sin arrasar con la memoria presente en ese espacio. Ni aún con el equipamiento más sofisticado se podría afirmar en un 100% que no haya restos óseos en esos terrenos. Y si se hallara alguno, tampoco se podría renunciar a continuar la búsqueda”.

Los familiares y sobrevivientes advirtieron que “desproteger ese Espacio de Memoria y cederlo a manos privadas, contribuye a la postura negacionista y apologista de quienes, aún hoy no reconocen el GENOCIDIO”.

Del mismo modo, ceder el predio a River Plate “implica abandonar el derecho a la verdad sobre el mecanismo que permitió ocultar los crímenes de lesa humanidad cometidos en ese CCD, como la cremación de cuerpos y enterramientos clandestinos”.

Recordaron que “si durante años se resguardó ese predio con una medida de no innovar —que da cuenta de la necesidad de incorporarlo al Espacio Memoria y Derechos Humanos ex ESMA— no fue precisamente para entregarlo al servicio de la expansión y desarrollo económico de uno de los principales clubes de fútbol del país”.

Se deja sentado que la entrega del predio es “una decisión tomada unilateralmente, con la participación de distintos funcionarios que incumplieron en forma reiterada su deber de garantizar las consultas correspondientes a familiares, sobrevivientes y organismos de derechos humanos”.

Los firmantes de la declaración afirmaron que “ni los argumentos de la falta de fondos del Estado Argentino, ni las dificultades de reconstrucción del sistema represivo clandestino, ni falsas opciones o repentinas urgencias que se esgrimen en algunos ámbitos pueden justificar la decisión de renunciar a este predio como parte del Espacio Memoria y Derechos Humanos ex ESMA y al testimonio que en sí representa”.

Las y los familiares y sobrevivientes recalcaron que su opinión “no es excluyente ni privilegiada, pero sí justa y necesaria. Por lo tanto, no estamos dispuestas/os a resignarla”. “No podemos dar ni un paso atrás, no se entrega un predio, se entrega el compromiso y la coherencia de años de lucha y las huellas de nuestrxs 30000” desaparecidos.

Por todo lo expuesto, reclamaron una vez más que “se declare la nulidad de la resolución dictada por el Juez Subrogante Ariel Lijo, con fecha 23 de mayo, y en consecuencia que quede sin efecto lo actuado por la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) respecto del predio”. Y también “que se reponga la medida de NO INNOVAR, declarada oportunamente por el ex Juez de Instrucción Sergio Torres, que se incorpore el Campo de Deportes y Entrenamiento al Espacio de Memoria y Derechos Humanos ex ESMA, porque fue una pieza del engranaje del Terrorismo de Estado y por tanto ofrece valor probatorio, institucional y simbólico”.