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¿Por qué se derogó la ley de propiedad horizontal en la CABA?

Escrito por el julio 16, 2016



A partir de la derogación de la ley de Propiedad Horizontal el 7 de julio pasado, Jonatan Baldiviezo, integrante del Observatorio del Derecho a la Ciudad, dialogó por Radio La Retaguardia en el programa Otras Voces, Otras Propuestas, y detalló los pormenores de la norma que había sido votada en diciembre de 2015 por unanimidad. (Por La Retaguardia)

“La ley se votó el 3 diciembre en una sesión en la Legislatura donde se votaron leyes muy perjudiciales para la Ciudad de Buenos Aires. Fue una de las peores sesiones desde el punto de vista de la ciudadanía. Allí se votó no solamente esta ley que establece un Consejo de la propiedad horizontal, sino también la agencia de bienes, la concesión del centro de exposiciones y convenciones al lado de la Facultad de Derecho, la concesión de la Plaza Houssay. Esta es la Ley 5.464, que pasó inadvertida. En esa sesión todos los diputados votaron en forma afirmativa, y fueron los consejos consultivos comunales, las organizaciones de consorcistas las que empezaron a establecer una resistencia urbana en contra de esta ley”, explicó Baldiviezo. “¿Cuáles eran los reclamos? En un contexto donde hay bastante inflación, el gasto de los propietarios y de los inquilinos en edificio de propiedad horizontal se elevan. La Legislatura decidió crear una ley que desde el punto de vista de los consorcistas lo que hacía era aumentar el valor de las expensas al incrementar los gastos de los administradores de los consorcios. Este Consejo de la propiedad horizontal creaba un sistema donde los administradores de consorcio debían inscribirse, pagar por esa inscripción y pagar una cuota anual. Los consorcistas vaticinaban que esos gastos iban a trasladarse a las expensas, que se dan en este contexto del aumento de las tarifas públicas, la inflación. El aumento de las expensas por el salario de los administradores y de los encargados hace que la Legislatura haya votado un gasto más, innecesario, como la gota que rebalsó el vaso”, señaló el integrante del Observatorio del Derecho a la Ciudad.
Baldiviezo contó, además, que ya había una normativa vigente en materia de regulación del trabajo de administradores que incluso contemplaba a los inquilinos y propietarios que denunciaran manejos irregulares. “Lamentablemente, se usó como excusa que ese registro no funcionaba bien, o que ese contralor que debía ejercer el Poder Ejecutivo no funcionaba, para crear la nueva entidad. Esta nueva entidad era la que iba a estar encargada de cobrar la cuota anual y la inscripción y también de sancionar a los administradores. Por otra parte, una de las críticas era cómo estaba compuesto este órgano. En la composición de este órgano que venía a regular la actividad de los administradores, los consorcistas únicamente tenían una representación entre once integrantes del consejo. Iban a ser los principales afectados y su representación era minoritaria. Se acusaba que esta ley había sido un acuerdo para sacar otras leyes entre el PRO y Víctor Santa María, el presidente de SUTERH (además presidente del Partido Justicialista de la CABA). Se denunciaba que detrás de esta ley había un acuerdo político, que esta ley estaría favoreciendo al sindicato y, por lo tanto, iba en detrimento de los consorcistas que iban a aumentar sus gastos a través de las expensas”, contó.
Sobre su posición ante la reciente derogación, Baldiviezo planteó: “Nosotros creemos fervientemente en la democracia participativa. De acuerdo a la Constitución de la ciudad, ese es el sistema de gobierno: la ciudad tiene que regirse por una democracia participativa, y no meramente representativa. Por lo tanto, una ley de tal envergadura —estamos hablando de todos los edificios de propiedad horizontal de la Ciudad de Buenos Aires y de todos sus administradores y consorcistas—tendría que haber sido discutida de otra forma. El proyecto de ley fue ingresado unos días antes de que se aprobara. Incluso, como no hubo debate, todos los errores que luego se trataron de modificar y finalmente se decidió derogarla, fueron descubiertos después, cuando la ciudadanía se empezó a enterar de qué habían votado los legisladores”. Baldiviezo volvió sobre el punto que, si se respetara la democracia participativa, todos los procedimientos hubieran sido diferentes; “Hubiera sido una discusión amplia, los errores, los cuestionamientos se hubieran discutido de forma previa. Quizás salía una ley mejor y no se terminaba con la gravedad institucional de que se vote una ley y a los cuatro meses se la derogue en forma completa y se tenga que iniciar nuevamente una discusión para ver cómo hacer para que la regulación de los administradores sea mejor en la Ciudad de Buenos Aires. Porque también hay que reconocer que el sistema actual de la regulación no está siendo muy efectivo”.
Con respecto al sistema general de los consorcios, Baldiviezo consideró: “Hay muchas deficiencias con respecto a estos pequeños conflictos que en la vida de los porteños suele ser bastante problemáticos, porque involucra su calidad de vida y a sus vivencias dentro de una comunidad, que en este caso es el edificio o el PH. Por ejemplo, la Constitución establece que se tendrían que crear tribunales vecinales que puedan dirimir estos conflictos pequeños. Porque a veces uno tiene un problema de consorcio y la solución es resignarse o iniciar un juicio civil que dura mucho tiempo, cuando la Constitución estableció un mecanismo de resolución de crear tribunales vecinales que podrían dar una respuesta con mayor prontitud”, informó. Por último, se refirió a los juicios tradicionales ordinarios: “Están pensados para grandes discusiones que involucran sumas de dinero considerables, no para conflictos pequeños. Lamentablemente, la Ciudad de Buenos Aires no le ha dado mucha importancia a estos conflictos, no ha buscado mecanismos de resoluciones preventivos de una mejor regulación y, por otra parte, mecanismos ya cuando se suceden los conflictos convivenciales”.

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