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Juicio Masacre de Monte: fue la policía

Escrito por el mayo 19, 2023


Fueron ocho las audiencias públicas para que un jurado popular dictara el veredicto de culpabilidad para cuatro policías bonaerenses acusados por lo que se conoce como la Masacre de Monte. Tras una decisión unánime, las y los policías fueron señalados culpables del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego y abuso de su función. El 2 de junio se realizará la audiencia de cesura para el requerimiento de las penas y el 9 se dará lectura de la sentencia. Margarita Jarque, de la Comisión Provincial por la Memoria, habló con La Retaguardia acerca del juicio.

Redacción: Julián Bouvier/Nicolás Rosales
Edición: Pedro Ramírez Otero

El juicio por el asesinato de cuatro jovenes en San Miguel del Monte duró ocho jornadas ante la jueza Carolina Crispiani, del Tribunal Oral Criminal N° 4. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM), actuó como acompañante de los particulares damnificados, es decir, las familias de los y las jóvenes. El juicio estuvo basado estrictamente en las pruebas que aportó la Fiscalía y los particulares damnificados.

La abogada integrante de la Comisión Provincial por la Memoria, Margarita Jarque, habló con La Retaguardia acerca del juicio. Ella fue una de las abogadas que llevó adelante la querella. Contó que las defensas de los policías no tuvieron prueba alguna para ofrecer: “Sí interrogaron a los testigos que fueron pasando y ejercieron su derecho de defensa, pero no presentaron ninguna prueba. En ese marco, considerando que esta era una causa que tenía diez veces más pruebas que las que pasaron por el debate y que por el derecho de tratarse de un juicio por jurado se intenta de algún modo simplificar eso, la treintena de testigos que pasaron, lograron reconstruir de manera cabal que fue lo que sucedió esa madrugada del 19 y 20 de mayo del año 2019. En esa reconstrucción surge claramente la persecución policial que realizaron los cuatro imputados y por otra parte su clara intención de matar, porque sino no se comprende cómo llegaron a registrarse en todo el periplo de esa noche 13 disparos en el contexto de la persecución. Y después, el derrotero final, que es el impacto sin salida que se le produce a quien manejaba el auto contra el camión acoplado que se encontraba estacionado en la colectora de la Ruta 3. Eso es lo que se estaba juzgando, el hecho que causó cuatro víctimas fatales y también los padecimientos físicos de Rocío, la única joven sobreviviente. Su mamá declaró que estuvo a punto de perder la vida, que tuvo consecuencias pulmonares y una cantidad de operaciones que tuvo que padecer. Por otra parte también el impacto, el daño psíquico que ella hasta el día de hoy atraviesa con todo el peso que implica ser la única sobreviviente de una masacre en la cual murieron sus mejores amigos”.

La abogada comentó que todas las pruebas fueron muy claras en relación a lo que sucedió. Además, explicó las razones por las cuales la querella alegó que se condene a los policías: “Lo que planteamos en los alegatos y siempre le pedimos al jurado fue que tuvieran claro si esa persecución que se realizó tenía algún tipo de motivación. O sea, toda persecución o acción policial hacia las personas, hacia la sociedad civil, hacia los particulares tiene que tener un motivo legítimo. Aquí no había ningún tipo de motivo legítimo, fue una persecución simplemente por perseguir, que se terminó tornando violenta tanto por el uso del patrullero como si fuera un arma persiguiendo a corta distancia, no dejando opción a los chicos para otro tipo de decisiones. Por otra parte, abusaron de la función policial también a través del uso del arma de fuego. Entonces, de ese modo es que el delito encuadra para nosotros, y así lo pedimos en los alegatos para los cuatro imputados, como homicidio agravado por el abuso de la función policial cometido con arma de fuego”. Y agregó: “El jurado entendió que este encuadramiento era el que correspondía para dos de los imputados, (Rubén) García y (Leonardo) Ecilapé, que son los que iban en el móvil, que persiguieron a corta distancia al momento que el móvil impacta con el camión. Al momento que se produjeron los disparos, hubo testigos: el camionero, y cinco vecinos más que bajaron rápidamente de sus casas, a ver qué es lo que había sucedido y escucharon el impacto del choque y a su vez la balacera que desplegaron los policías”.

Jarque contó que los otros dos imputados, Manuel Monreal y Mariano Ibáñez, apoyaron a los primeros disparando también. “Para el jurado fue considerado como una tentativa, es decir que, para ellos, con su accionar intentaron también matar a los jóvenes abusando de su función y lo hicieron usando armas de fuego. Y que no lo consiguieron por causas ajenas a su voluntad. En definitiva, porque el otro patrullero actuó antes, porque iba a menor distancia. Eso ya son consideraciones que uno piensa, pero entendemos que ese es el razonamiento que erigió el jurado. No lo sabemos porque el jurado no tiene por qué dar sus razones, solo da su veredicto”, explicó la abogada.

Desde la CPM consideran que es un caso de violencia institucional y de gatillo fácil emblemático, y que es muy importante que haya sido un jurado popular quien haya dado este veredicto. “Fundamentalmente porque el jurado comprendió aquello que distinguimos en los alegatos, que tenía que ver con la combinación de dos elementos: por un lado, el patrullero utilizado como si fuera un arma, porque se coloca en peligro el conductor, que no podía manejar de manera certera. Por otra parte, el arma propiamente dicha, con los disparos. Esto es muy importante, no solo por la condena en este juicio, sino también porque esto puede, de algún modo, servir a que estos hechos no ocurran nunca más”, concluyó Jarque.


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